TCP allana el camino de candidatos que fueron asilados o refugiados políticos

El Tribunal Constitucional considera que "impedir que los ciudadanos ejerzan su derecho político a ser elegido, tendrá como consecuencia, un daño irremediable”

El Tribunal Constitucional Plurinacional emitió una medida cautelar. El Tribunal Constitucional Plurinacional emitió una medida cautelar. Foto: Archivo/CORREO DEL SUR

CORREO DEL SUR con datos de ABI y El Deber
Política / 03/01/2021 09:01

Los candidatos a las elecciones subnacionales que acrediten su estatus de asilados o refugiados políticos en el extranjero no podrán ser inhabilitados por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) o por los Tribunales Departamentales. Así lo determinó el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con la aplicación de medidas cautelares hasta que se emita una Sentencia Constitucional al respecto.

Esos criterios están contenidos en el Auto Constitucional 090/2020-CA/S de fecha 28 de diciembre de 2020, referido a la acción de inconstitucionalidad abstracta presentada por Freddy Gonzáles Rodríguez, asambleísta titular del departamento de Cochabamba, en contra del requisito que exige que, para habilitarse un candidato debe residir en la región para la que postula los dos años anteriores de manera ininterrumpida.

Gonzáles solicitó al TCP la aplicación de medidas cautelares en sentido de que "toda boliviana o boliviano, que acredite sus estatus de asilado o refugiado político en el extranjero y que se presente como candidata o candidato en las próximas elecciones subnacionales de 2021 en el Estado Plurinacional de Bolivia, no sea inhabilitada o inhabilitado por el Tribunal Supremo Electoral, tampoco por los Tribunales Electorales Departamentales; en tanto y cuanto se emita la Sentencia Constitucional Plurinacional en el presente caso".

Al respecto, la Comisión de Admisión del TCP resolvió: “Ha lugar la medida cautelar solicitada, disponiendo que todos los procesos de inhabilitación de candidatas o candidatos en las próximas elecciones subnacionales 2021, por la causal contenida en los art. 285.I.1 y 287.I.1 de la Constitución Política del Estado, prosigan su tramitación ante el Tribunal Supremo Electoral  y Tribunales Electorales Departamentales, únicamente hasta antes del momento de dictarse la resolución final que corresponda, mientras el Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronuncie en el fondo de la presente causa".

La comisión de admisión del TCP, “para fines pedagógicos”, aclaró en la resolución de la medida cautelar que “no constituye de modo alguno una opinión anticipada sobre la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas cuestionadas”.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional puede tardar meses en emitir la resolución de fondo, es decir, puede hacerlo después de las elecciones subnacionales del domingo 7 de marzo.

En las consideraciones, el TCP toma en cuenta los argumentos del demandante en sentido de que en caso de no adoptarse las medidas cautelares solicitadas se podría vulnerar de manera "irreparable e irremediable los derechos de los repatriados para optar a cargos políticos; por cuestiones ajenas a su voluntad".

El Tribunal considera que "impedir que los ciudadanos ejerzan su derecho político a ser elegido, tendrá como consecuencia, un daño irremediable; precisamente y tal como se señaló, por el carácter único e irrepetible del acto electoral".

Hoy se conocen a los candidatos habilitados

Esta medida del TCP beneficiará a los postulantes a alcaldes por La Paz, César Dockweiler, y por Cochabamba, Manfred Reyes Villa.

Este domingo, el TSE debe tomar una decisión al respecto y publicar la lista de candidaturas habilitadas, además de las organizaciones políticas y alianzas habilitadas para las elecciones subnacionales, como marca el calendario electoral.

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