El proyecto de ley para la devolución de aportes a las AFP pasa al Senado

La Cámara Baja aprobó la propuesta en detalle en una sesión calificada como “histórica” por el presidente de esta instancia, Freddy Mamani.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley sobre los aportes a las AFP. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley sobre los aportes a las AFP. Foto: Diputados

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / 12/08/2021 15:37

La Cámara de Diputados aprobó en grande y en detalle el proyecto de ley para la devolución parcial o total de aportes a las Administradoras de los Fondos de Pensiones (AFP), por lo que pasó al Senado para su revisión.

“Casi la mayoría de los artículos ha sido aprobada por unanimidad”, destacó el presidente de Diputados, Freddy Mamani del Movimiento Al Socialismo (MAS), al calificar la sesión como “histórica” porque se trató una “causa justa” para los bolivianos.

El proyecto recibió el respaldo unánime de los legisladores en su tratamiento en grande, mientras que, en la segunda etapa, no todos los artículos fueron aprobados con todos los votos.

Cumplido este trámite, la Cámara de Diputados remitirá el proyecto de ley al Senado para su tratamiento.

La propuesta plantea devolver hasta el 15% de los aportes a las personas que tengan en su cuenta individual de las AFP hasta Bs 100 mil y no perciban salarios en los sectores público o privado.

En tanto, los aportantes que tengan en su cuenta de la AFP más de Bs 100 mil, la devolución podrá ser posible hasta un monto máximo de Bs 15.000.

Además, de los desempleados, la norma restringe el pago a quienes hubieran accedido o se encuentren en curso de adquisición de una Pensión de Vejez, Solidaria de Vejez, Invalidez, Pago o Beneficio del Sistema Integral de Pensiones (SIP), así como a quienes hubieran realizado aportes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.

Las fuentes de financiamiento de la devolución de aporte, según el proyecto, son la disponibilidad acumulada y los recursos de liquidez en los fondos del SIP administrados por las AFP. También los vencimientos de la Cartera de Inversiones del SIP, en función del plazo que sea establecido en el reglamento. La tercera fuente es la recaudación del SIP que debe mantenerse como recursos de liquidez.

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