El TCP tiene pendientes dos fallos clave para el futuro de Evo Morales
Para el “evismo”, las resoluciones no tendrían que afectar al expresidente
Dos casos en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que involucran al expresidente y líder nacional del MAS, Evo Morales, están pendientes de resolución y en al menos uno podría afectar su anunciada candidatura en 2025, por la que ha entrado en disputa con el ala “arcista” o renovadora de su partido.
La acción popular presentada por el diputado de Comunidad Ciudadana Marcelo Pedrazas, que busca la anulación de la Sentencia Constitucional 084/2017, vinculada a la reelección indefinida, es la más antigua.
Fue presentada en marzo de 2022 y rechazada por la Sala Constitucional Primera de Chuquisaca, pero en diciembre de ese año, el TCP pidió resolver la acción en el fondo. En enero, la Sala Constitucional Segunda denegó la tutela y desde entonces está en el Constitucional, a la espera de una resolución.
Tomando en cuenta la jurisprudencia establecida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) en la opinión consultiva 28/21, que indica que “la reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana ni por el ‘corpus iuris’ del derecho internacional”, la acción busca que se deje sin efecto la polémica sentencia del TCP 084/2017, que estableció que la reelección era un derecho humano para permitir una nueva repostulación de Morales.
De concederse la tutela a Pedrazas, el primer efecto debía ser expulsar esa sentencia del ordenamiento jurídico; además, podría haber una interpretación sobre la reelección en Bolivia, según ha anticipado en los últimos meses el ministro de Justicia, Iván Lima.
OTRA ACCIÓN
El otro caso pendiente es la acción de inconstitucionalidad abstracta, planteada a inicio de año por la diputada “arcista” Deisy Choque contra el Estatuto del MAS y una causal de transfugio en la Ley de Organizaciones Políticas.
Respecto al Estatuto del MAS, aprobado en 2021, el TCP solo admitió revisar el artículo 6 numeral 15, que señala: “La militancia del MAS–IPSP ratifica el respeto al liderazgo nato del hermano Evo Morales por los grandes logros, avances y saltos cualitativos que realizó a nivel nacional, dignificando a Bolivia en el contexto internacional como líder del Movimiento Al Socialismo - Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos”.
El TCP también admitió la acción respecto al artículo 38, inciso c), de la Ley de Organizaciones Políticas, que establece como causa del transfugio asumir de forma pública una posición política contraria a la declaración de principios, la plataforma programática y/o al programa de gobierno de la organización política.
La acción, admitida en agosto, fue presentada cuando la Dirección Nacional del MAS anticipaba la expulsión de parlamentarios y dirigentes críticos con Morales.
¿Qué dice el “evismo” sobre ambos casos?
El ala “evista” del MAS señala que en ninguno de los casos una sentencia debía afectar al expresidente, pero acusa al Gobierno de tener ese objetivo.
“Que lo eliminen esto del estatuto, no le afecta en nada”, señala el exmagistrado Orlando Ceballos, en referencia a la declaración de Evo Morales como “líder nato” en el estatuto de su partido, observada en la acción de constitucionalidad citada.
“La reelección o la prohibición de reelección únicamente afecta y alcanza a una persona. ¿Quién es? El que está ejerciendo actualmente el cargo de la presidencia. Evo Morales no está ejerciendo, ha pasado un periodo constitucional y, por lo tanto, Evo Morales para el año 2025 y la primaria no participa en calidad de candidato a la reelección, sino como candidato por derecho a ser elegido”, manifiesta en referencia a la acción popular.
Según el ahora miembro del equipo jurídico del expresidente, el TCP y el Gobierno “están calculando” para sacar un fallo contra Morales.