A demanda del Beni, TCP admite recurso contra la Ley 846 sobre límites entre Cochabamba y Santa Cruz

El argumento central es que la delimitación fue aprobada sin notificar al Beni sobre el inicio del procedimiento conciliatorio

El gobernador de Beni reclama por el tema limítrofe. El gobernador de Beni reclama por el tema limítrofe. Foto: Erbol

La Paz/Erbol
Política / 05/06/2024 18:13

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por el gobernador del Beni, Alejandro Unzueta, en contra de la Ley 846, Ley de Delimitación de Cinco Tramos del Límite Interdepartamental entre Cochabamba y Santa Cruz, debido a que el proceso de conciliación no se adecuó a la Ley de Autonomías, a la Constitución Política del Estado a tratados y convenios internacionales.

El argumento central es que la delimitación fue aprobada sin notificar al Beni sobre el inicio del procedimiento conciliatorio, lo que provoca su inconstitucionalidad y afecta los derechos de las poblaciones y pueblos indígenas asentados en esos territorios, despojándolos de sus pertenencias históricas.

Añade que la ley promulgada el 25 de octubre de 2016 por el expresidente Evo Morales, afecta gran parte del territorio beniano, especialmente en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).  Esa ley aprueba el mapa oficial de delimitación en cinco tramos conciliados entre Cochabamba y Santa Cruz.

En septiembre del año pasado, Unzueta calificó la Ley 846 de “encubierta”, “clandestina” y “trucha” porque fue tramitada por los parlamentarios de Cochabamba a espaldas del Departamento del Beni y de acuerdos bilaterales.

En su memorial del 6 de marzo de 2024, el gobernador Unzueta demostró que Beni nunca fue comunicado para participar del proceso conciliatorio.  

“El Ministerio de Autonomías conoció el proceso iniciado por Cochabamba para definir límites con Santa Cruz, culminando con una resolución de delimitación, pero no notificó al Beni, impidiéndole resolver judicialmente los conflictos no conciliados. Durante este ínterin, se promulgó una Ley que omitió la participación de Beni, afectando sus derechos en el "Tramo V" denominado Punto Tripartito”, agrega la demanda.

Señala que, al cumplirse con la intervención de todas las partes interesadas, la ley se considera inconstitucional. Explica que tampoco se ha respetado el debido proceso, consagrado en la Ley 339, en la Constitución Política del Estado (CPE) y en tratados internacionales.

En base a estos argumentos, la Comisión de Admisión emitió el Auto Constitucional admitiendo la acción de inconstitucionalidad abstracta y poniendo en conocimiento del presidente de la Asamblea Legislativa para su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de quince días. La notificación llegó a las partes este miércoles 5 de junio de 2024. Aclara que la Gobernación no ha solicitado ninguna medida cautelar.

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