TCP ratifica fallo que suspende parcialmente las elecciones judiciales tras consulta del Órgano Electoral

El Tribunal Constitucional responde a la solicitud de enmienda, complementación y aclaración del TSE

Las elecciones judiciales fueron suspendidas parcialmente por el TCP. Las elecciones judiciales fueron suspendidas parcialmente por el TCP. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / 13/11/2024 10:01

La Sala Cuarta del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) respondió a la solicitud de enmienda, complementación y aclaración del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y ratificó la sentencia que suspende parcialmente las elecciones judiciales.

El Auto Constitucional 0084/2024-ECA emitido este miércoles da lugar a la solicitud de aclaración presentada por el presidente del TSE, Óscar Hassenteufel, y dispone la “prosecución del proceso electoral para el Consejo de la Magistratura, Tribunal Agroambiental, Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Cochabamba, Chuquisaca, Tarija y Santa Cruz”.

Asimismo, declara la continuidad del proceso electoral del “Tribunal Constitucional Plurinacional en los departamentos de Chuquisaca, La Paz y Potosí, en el marco de los fundamentos expuestos en la SCP 0770/2024-S4”.

Es decir, se mantiene la suspensión de la elección de magistrados del TSJ en Beni y Pando y del TCP para estos departamentos, además de Cochabamba, Santa Cruz y Tarija.

La Sala Cuarta del TCP argumenta que esta decisión no afecta al principio de unicidad, que reclama el TSE, porque “la consecución de las fases del proceso en cuanto a las listas de candidatos que cumplieron con los parámetros señalados no implica el principio de unicidad, sino al contrario, obliga al cumplimiento del principio de conservación del acto electoral y el respeto de la voluntad popular”.

“Así, si en un determinado distrito en el que no se produjeron irregularidades (en la preselección de candidatos), y un distrito que sí enfrenta problemas insalvables, los resultados del primero no deberían verse comprometidos; pues, la preservación de la voluntad popular justifica la celebración de elecciones en esa localidad, sin que esto infrinja el principio de unicidad”, señala otro de los fundamentos.

Sobre la preclusión, que el TSE exige respetar, la resolución recuerda que en la Sentencia 0770/2024-S4, que declara desiertas las convocatorias de elección de magistrados en algunos departamentos, aclara las razones para hacer una excepción a este principio y así evitar una suspensión del servicio de justicia y vacío de poder.

La Sala Cuarta del TCP tampoco responde a la solicitud de aclaración del TSE sobre una posible “composición mixta” de magistrados, entre los prorrogados y los que serán elegidos el 15 de diciembre debido a la suspensión parcial de los comicios, y señala que no corresponde ser analizada “al no haber sido una cuestión resuelta en el fallo constitucional cuya aclaración se solicita”.

El TSE había anunciado este pedido como una de las acciones legales contra la sentencia que suspende parcialmente las elecciones judiciales, así como una solicitud de avocación para que la sala plena del TCP resuelva este caso, la cual todavía no fue atendida.

Revisa aquí el Auto Constitucional 0084/2024-ECA: 

 

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