El TSE aclara: Se podrá votar con carnet vencido
A una semana de las elecciones nacionales, crecen las dudas entre la población sobre los requisitos para votar, el uso de papeletas y las preferencias en las mesas de sufragio.
A una semana de las elecciones nacionales, crecen las dudas entre la población sobre los requisitos para votar, el uso de papeletas y las preferencias en las mesas de sufragio. El vocal electoral Gustavo Ávila, del Tribunal Supremo Electoral (TSE), aclaró los puntos clave para que los ciudadanos ejerzan su derecho con confianza y conozcan el rol fundamental de los jurados electorales durante la jornada.
Según el vocal Ávila, el único documento válido para sufragar es el carnet de identidad, cuya vigencia puede extenderse hasta un año después de su fecha de expiración. No se acepta el uso de cédula digital ni documentos vencidos más allá de este límite. Además, el documento debe presentarse de manera física, no virtual, para evitar inconvenientes y susceptibilidad. “El único documento válido para votar es el carnet de identidad. Y eso está establecido en la Ley, en el artículo 156. Cuando un ciudadano se presenta en la mesa de votación, lo primero que hace es entregar su cédula de identidad para que el secretario busque en la lista e identifique a este ciudadano. Entonces, ese es el procedimiento. Después se queda con el carnet de identidad mientras el ciudadano entra al recinto de votación. Y cuando sale, le devuelve el carnet junto a su certificado de sufragio", detalló el vocal electoral a El Deber.