Plazo para solicitar certificado de exención por no votar vence este martes

En caso de no contar con una justificación válida, los ciudadanos deberán pagar una multa equivalente al 20 % del salario mínimo nacional (Bs 550).

Imagen referencial. Imagen referencial. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / 16/09/2025 08:49

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó que las personas que no pudieron votar en las Elecciones Generales del 17 de agosto tienen plazo hasta este martes para gestionar su certificado de exención.

Para este trámite se requiere una nota dirigida al Tribunal Electoral Departamental (TED) de su región en la que se explica el motivo de la inasistencia a la jornada de sufragio, una fotocopia de la cédula de identidad y documentación de respaldo que justifique la imposibilidad de acudir a votar como pasajes de viaje o certificados médicos.

En caso de no contar con una justificación válida, los ciudadanos deberán pagar una multa equivalente al 20 % del salario mínimo nacional (Bs 550).

La recepción de documentos se realiza en oficinas de los TED en el horario de 8:30 a 16:30.

De acuerdo con lo establecido en la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), los certificados de exención pueden gestionarse hasta 30 días después de la jornada electoral.

El TSE recordó que durante los 90 días posteriores a la elección, el certificado de sufragio o de impedimento de sufragio son documentos indispensables para acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios u obtener pasaporte.

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