Jurados electorales que no asistan a sus mesas de sufragio serán multados con Bs 1.375

Las multas y sanciones económicas también alcanzan a distintos actores electorales, como notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus deberes durante la segunda vuelta

Jurados electorales en un centro de votación de la ciudad de La Paz. Jurados electorales en un centro de votación de la ciudad de La Paz. Foto: Archivo/CORREO DEL SUR

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / 15/10/2025 07:38

Los jurados que sin justificativo no asistan o abandonen las mesas de sufragio serán sancionados con el 50% del salario mínimo nacional vigente, equivalente a Bs 1.375, establece la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024, referida a faltas y sanciones electorales.

Las multas y sanciones económicas también alcanzan a distintos actores electorales, como notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus deberes durante la segunda vuelta de las elecciones generales, refiere un reporte de Fuente Directa.

De acuerdo con la misma normativa, los jurados que no participen en las juntas de jurados deberán pagar una multa del 5% (Bs 137,5) del salario mínimo, mientras que quienes se ausenten temporalmente sin autorización de la presidencia de mesa serán sancionados con el 30% (Bs 825) del salario mínimo.

El documento también prevé que los jurados que omitan informar de inmediato a los notarios electorales sobre violaciones a las normas electorales serán pasibles a una multa del 50% (Bs 1.375) del salario mínimo.

De igual manera, el TSE determinó sanciones similares para los notarios electorales que incumplan sus funciones. Aquellos que no asistan a la organización de las mesas, no apoyen en la capacitación de jurados o eludan responsabilidades durante la jornada electoral deberán pagar una multa del 50% (Bs 1.375) del salario mínimo.

También se aplicará la misma sanción a los notarios que no realicen reportes en los sistemas de monitoreo o no distribuyan oportunamente el material electoral a las mesas de sufragio.

En tanto, los servidores públicos que utilicen vehículos oficiales sin autorización el día de la elección serán multados con el 20% (Bs 550) del salario mínimo.

De igual forma, los ciudadanos que no voten o no presenten el certificado de sufragio dentro de los 90 días posteriores a la elección en las entidades bancarias deberán pagar una multa del 20% (Bs 550) del salario mínimo. En caso de incumplimiento, se les restringirá por 90 días el acceso a cargos públicos, trámites bancarios y obtención de pasaporte.

Están exentos de esta sanción quienes no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada, las personas mayores de 70 años y quienes acrediten haber estado fuera del país el día de la votación.

Los ciudadanos que incumplan resoluciones electorales, impidan habilitaciones o no se inscriban correctamente en el Padrón Electoral también serán sancionados con multas que van del 10% (Bs 275) al 20% (Bs 550) del salario mínimo vigente. Además, quienes circulen en vehículos motorizados sin autorización el día de la elección recibirán la misma sanción.

Etiquetas:
  • Elecciones 2025
  • Sanciones
  • jurados electorales
  • Segunda vuelta
  • Compartir:

    También le puede interesar


    Lo más leido

    1
    2
    3
    4
    5
    1
    2
    3
    4
    5
    Suplementos


      ECOS


      Péndulo Político


      Mi Doctor