Desde este lunes, solo se pedirá certificado de sufragio del balotaje en los bancos
Quienes no pudieron votar este domingo 19 de octubre tienen 30 días para gestionar su certificado de impedimento en los tribunales electorales departamentales.
A partir de este lunes 20 de octubre, las entidades bancarias únicamente requerirán el certificado de sufragio correspondiente a la segunda vuelta electoral, realizada este domingo 19. Así lo informó el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Gustavo Ávila, quien precisó que ya no será necesario presentar el comprobante de votación del pasado 17 de agosto.
"Desde mañana, las instituciones financieras podrán solicitar únicamente el certificado emitido por la jornada electoral de este domingo, y esto se mantendrá por un período de tres meses, tal como establece la normativa vigente", señaló Ávila.
El Vocal también desmintió versiones que circulaban en días previos, en las que se indicaba que los bancos podrían exigir ambos certificados. “No se pedirá más de un documento”, aseguró.
Por otra parte, recordó que quienes no pudieron votar el 19 de octubre tienen 30 días para gestionar su certificado de impedimento en los tribunales electorales departamentales. Para ello, deberán presentar un justificativo válido que respalde la razón por la cual no emitieron su voto.
Entre los documentos aceptados están certificados médicos en caso de enfermedad, pasajes o permisos laborales si se encontraban de viaje, o cualquier otro respaldo que demuestre una causa de fuerza mayor.