¿Qué leyes deben modificarse para garantizar el cumplimiento de las subnacionales?
Tras el lanzamiento de la convocatoria para la elección de autoridades departamentales y municipales, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) planteó la modificación de dos leyes para garantizar el cumplimiento del calendario electoral.
Tras el lanzamiento de la convocatoria para la elección de autoridades departamentales y municipales, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) planteó la modificación de dos leyes para garantizar el cumplimiento del calendario electoral.
El primer ajuste se refiere al artículo 57 de la Ley 018, donde se establece que “la selección de los jurados de cada una de las Mesas de Sufragio estará a cargo de los Tribunales Electorales Departamentales, al menos con treinta (30) días de anticipación al acto electoral, mediante sorteo de la lista de personas habilitadas para votar”.
El vocal del TSE, Tahuchi Tahuchi Quispe, explicó en Correo del Sur Radio que esta modificación es necesaria debido a que el tiempo entre la elección, programada para el 22 de marzo, y una posible segunda vuelta el 19 de abril, es inferior a 20 días, lo que hace necesario replantear este plazo.
Por otro lado, se encuentra el artículo 177 de la Ley 026 de Régimen Electoral, que establece que “declarada la nulidad, se repetirá el acto de votación en la mesa de sufragio correspondiente, con el mismo padrón y con nuevos jurados electorales, el segundo domingo siguiente de realizada la elección.”
Sin embargo, el segundo domingo en este caso cae el 10 de mayo de 2026, posterior al previsto para la transición de autoridades, programada para el 3 de mayo. Quispe planteó que la modificación debería permitir que la repetición de la votación pueda realizarse hasta dos semanas después.
“Tenemos tiempo todo lo que resta de este mes de diciembre, enero y parte de febrero, pero no esperaremos hasta ese mes para hacer las modificaciones”, indicó Quispe.