Sala Constitucional de Chuquisaca rechaza amparo de Horacio Poppe

Con esa acción judicial buscaba revertir la resolución del TSE que, producto de la cancelación de la personería jurídica de ADN, dejó fuera de competencia en las subnacionales a todos los frentes que tienen acuerdos con ese partido

Imagen referencial. Imagen referencial.

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / Hace 4 horas

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca declaró improcedente la acción de amparo constitucional presentada por Horacio Poppe, candidato a la Alcaldía de Sucre por la alianza Nueva República, en contra de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El recurso tenía como objetivo revertir la resolución del Órgano Electoral que, producto de la cancelación de la personería jurídica de Acción Democrática Nacionalista (ADN), dejó fuera de la contienda electoral de marzo a la alianza política de la que formaba parte el candidato chuquisaqueño y a todas aquellas que tenían acuerdos con dicho partido.

La determinación judicial fue conocida este miércoles y cuenta con la firma de las vocales constitucionales Paola Valeria Barrón, presidenta de la Sala Constitucional Segunda, y Julia Jimena Andrade, quienes concluyeron que la acción presentada no cumplía con los presupuestos necesarios para su admisión.

Por otra parte, este miércoles el TSE confirmó una vez más la cancelación de la personería jurídica de ADN.

Etiquetas:
  • ADN
  • Tribunal Departamental de Justicia
  • Horacio Poppe
  • Sala Constitucional Segunda
  • Compartir:

    También le puede interesar


    Lo más leido

    1
    2
    3
    4
    5
    1
    2
    3
    4
    5
    Suplementos


      ECOS


      Péndulo Político


      Mi Doctor