Comisión de Diputados rechaza proyecto que planteaba eliminar renta vitalicia para expresidentes

La instancia legislativa determinó archivar la iniciativa tras advertir fallas de técnica legislativa, posibles vulneraciones constitucionales y falta de respaldo técnico-económico

Por unanimidad, comisión legislativa rechaza proyecto que anulaba renta vitalicia. Por unanimidad, comisión legislativa rechaza proyecto que anulaba renta vitalicia.

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Política / Hace 3 horas

La Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados decidió rechazar por unanimidad el proyecto de ley que proponía eliminar la renta vitalicia que reciben los expresidentes y exvicepresidentes de Bolivia. La determinación fue asumida durante la séptima sesión ordinaria realizada el pasado 4 de marzo.

La iniciativa legislativa, identificada como PL-023/2025-2026, fue presentada en noviembre de 2025 por un grupo de diputados y planteaba abrogar la Ley Nº 376 de 2013, norma que establece un reconocimiento económico mensual equivalente a diez salarios mínimos nacionales para quienes hayan ejercido constitucionalmente la Presidencia o la Vicepresidencia del Estado.

Tras el análisis técnico y jurídico correspondiente, la comisión concluyó que el proyecto presentaba deficiencias en su estructura normativa y posibles conflictos con principios constitucionales, por lo que determinó su rechazo y archivo.

El presidente de la comisión, el diputado Juan Del Granado, explicó que la decisión se adoptó luego de revisar los informes elaborados por el Comité de Desarrollo Constitucional y Legislación. “La comisión, en su séptima sesión ordinaria, ha considerado el informe del Comité de Desarrollo Constitucional y Legislación y, por unanimidad, ha determinado rechazar el proyecto de ley y proceder con su archivo”, indicó.

Entre los argumentos centrales del análisis legislativo se mencionó la protección de los derechos adquiridos y la seguridad jurídica. “Una vez que una ley otorga un beneficio bajo condiciones cumplidas, como el ejercicio del mandato constitucional, este se incorpora al patrimonio jurídico del beneficiario y su eliminación podría vulnerar derechos adquiridos”, sostuvo Del Granado.

El informe técnico también observó que la propuesta, pese a contar con una extensa exposición de motivos, no desarrollaba un cuerpo normativo suficiente ni incluía artículos claros o disposiciones transitorias que permitieran un adecuado tratamiento legislativo.

Asimismo, se advirtió que la iniciativa pretendía modificar una partida presupuestaria consolidada sin contar con un informe técnico-económico previo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, requisito establecido en el Reglamento General de la Cámara de Diputados cuando un proyecto implica cambios en el gasto estatal.

“La técnica legislativa exige que todo proyecto sea una unidad normativa coherente y cuente con respaldo técnico, especialmente cuando se trata de disposiciones que afectan recursos públicos”, puntualizó Del Granado.

Otro aspecto considerado en el análisis es que la eventual abrogación de la Ley 376 podría afectar otros beneficios contemplados en la norma, entre ellos la renta vitalicia otorgada a mujeres mineras que participaron en la defensa de la democracia.

Además, dentro de la comisión se argumentó que este tipo de beneficios busca preservar la dignidad de la alta investidura del Estado. Bajo este criterio, se considera que la renta vitalicia garantiza condiciones mínimas de independencia y decoro para quienes ejercieron la Jefatura del Estado, sin distinción de ideologías o posiciones políticas.

Con base en estas observaciones, la Comisión de Constitución concluyó que el proyecto no cumplía con los requisitos formales ni sustantivos necesarios para su aprobación, por lo que resolvió rechazarlo y archivar su tratamiento en esta instancia legislativa.

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