La justicia ratifica la inhabilitación de Mario Cossío

El caso será remitido a Sucre para que el TCP ratifique o no la sentencia

TARIJA. Cossío dijo que recurrirá a la vía internacional por la anulación de su candidatura. TARIJA. Cossío dijo que recurrirá a la vía internacional por la anulación de su candidatura. Foto: RRSS

CORREO DEL SUR y Agencias
Política / 13/03/2026 02:28

Una sala constitucional de Tarija denegó la tutela que presentó el candidato Mario Cossío, y de ese modo, se ratificó su inhabilitación como candidato a Gobernador que estaba pretendiendo a través de un amparo constitucional presentado por sus abogados.

“Por tanto la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija falla denegando la tutela impetrada por Mario Adel Cossío en cumplimiento a lo que establece el Código de Procedimiento Constitucional y remítase los expedientes al Tribunal Constitucional dentro de las 24 horas para su revisión”, dictó la juez Gemma Baldivieso al hace conocer su decisión.

El exprefecto de Tarija estaba postulando por la agrupación Camino Democrático para el Cambio (CDC), pero fue inhabilitado por no cumplir el requisito de estar domiciliado dos años antes de las elecciones en el lugar que postula. 

La vocal de la Sala Constitucional Primero, Gemma Baldivieso, leyó la resolución en una audiencia virtual que se prolongó por más de cuatro horas.

Cossío había presentado el amparo constitucional en la justicia ordinaria, con el argumento de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) había vulnerado sus derechos y garantías constitucionales.

La vocal Baldivieso hizo hincapié a la presentación de documentación contradictoria por el líder político sobre su residencia permanente, ya que en una declaración jurada argumentó que vivió dos años en la ciudad de Tarija y simultáneamente, a través de una certificación del Conare de Paraguay, el estatus de refugio.

A su criterio, ambos documentos son incompatibles y no le alcanza el grado de coherencia para cumplir con un requisito de la Constitución Política del  Estado que exige haber residido de forma permanente al menos dos años antes de la elección en la jurisdicción correspondiente.

La decisión judicial establece que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no vulneró los derechos y garantías de Mario Cossío, debido a que cuatro de los siete vocales cumplieron con el parámetro de mayoría para aprobar la resolución de su inhabilitación, al incumplir con el requisito de residencia.

La defensa de Cossío había observado ese accionar de los miembros del órgano electoral durante la audiencia virtual.

Militantes de Camino Democrático al Cambio, con banderas de esa agrupación, que se concentraron en la plaza central Luis de Fuentes y en instalaciones del Tribunal Departamental de Justicia, expresaron su rechazo al dictamen de la Sala Constitucional Primero.

DEFENSA

“Vamos a dar batalla en todas las instancias judiciales que haya que darlas, acá ante el Tribunal Constitucional Plurinacional y afuera ante las cortes y las instancias internacionales”, señaló Mario Cossío tras conocer la determinación judicial.

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