Juristas observan excesos en procedimientos abreviados

La Fiscalía dice que cumple con los requisitos para aplicar este procedimiento

CELERIDAD. Con los juicios abreviados. CELERIDAD. Con los juicios abreviados.

Sucre/CORREO DEL SUR
Seguridad / 12/07/2015 03:30

Jueces y abogados observan que desde la Fiscalía se está cometiendo excesos en la aplicación del procedimiento abreviado en algunos casos donde a través de la presión al imputado consiguen el consentimiento de éste a reconocer su culpabilidad pero no se establece claramente la existencia del hecho, lo cual distorsiona la esencia de esta disposición legal.

El magistrado suplente del Tribunal Supremo de Justicia, Iván Lima, informó que el procedimiento abreviado se incluyó en la ley 1970 del sistema penal a partir de 1999 como una alternativa de cerrar el proceso judicial en la etapa preparatoria y preliminar.

Sin embargo, con las modificaciones al sistema penal se estableció que este procedimiento, que es una herramienta de la Fiscalía para descongestionar el sistema penal, puede aplicarse en cualquier momento del proceso.

“Se está cometiendo un exceso en la interpretación de la ley, completamente distorsionado, los jueces están homologando sentencias en procedimientos abreviados solamente revisando el acuerdo entre el Ministerio Público y el imputado, sin establecer la existencia del hecho”, aseguró Lima.

Advirtió que sólo el consentimiento del imputado que reconoce su culpabilidad podría llevar a graves distorsionados que se dieron en otros países donde sindicados con poder económico contratan a otro para que se declare culpable y cumpla la condena.

Otto Richtter, abogado de los acusados del caso Terrorismo, dijo que en este caso, con los procesos abreviados se está pasando de la extorsión económica a la extorsión por la libertad obligando a admitir una culpabilidad en hechos que no existieron e implicar a otras personas con el único propósito de conseguir su libertad.
En cambio, la Fiscalía sostiene que está cumpliendo con los requisitos para activar el procedimiento abreviado a petición del imputado y demostración de que existió el hecho delictivo.

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