Ordenan arraigo y fianza para vicerrector Arízaga

Según la Fiscalía, Walter Arízaga designó de forma ilegal a Callejas en TVU; la defensa dice que fue transferencia

AUDIENCIA. El caso contra Walter Arízaga se tramita en el Juzgado 2 de Instrucción en lo Penal. AUDIENCIA. El caso contra Walter Arízaga se tramita en el Juzgado 2 de Instrucción en lo Penal.

Luis Alberto Guevara López
Seguridad / 16/12/2016 04:43

El vicerrector de la Universidad San Francisco Xavier, Walter Arízaga, recibió medidas sustitutivas a la detención preventiva (arraigo y fianza), pese a que el juez evidenció que “existe duda razonable sobre los delitos imputados” de nombramiento ilegal e incumplimiento de deberes. La Fiscalía fundamentó “designación”; la defensa, “transferencia”.

Arízaga deberá presentarse todos los días lunes y viernes en el Juzgado 2° de Instrucción en lo Penal, no podrá salir de Sucre ni del país sin previa autorización judicial, deberá pagar una fianza de Bs 100 mil y tiene la prohibición de comunicarse con personas que estén involucradas en el caso.

La decisión del juez 2° de Instrucción en lo Penal de la Capital, Oswaldo Aguilar, no fue compartida por el Ministerio Público que dijo que apelará la decisión, porque creen que la imputación tiene los suficientes elementos para demostrar la comisión de los delitos, dijo el fiscal Oscar Vera. Tampoco fue del agrado de la defensa debido a que cree que si hay “duda razonable” sobre la existencia de los delitos no se debería imponer ninguna medida sustitutiva, dijo el abogado de la defensa, César Suárez. Ambos apelarán en el plazo de las 72 horas una vez sean notificados con la resolución.

Ayer, jueves, se realizó una extensa audiencia de medidas cautelares en la que el Ministerio Público fundamentó su imputación en contra de Arízaga por la comisión de los delitos de nombramiento ilegal e incumplimiento de deberes por designación irregular del coordinador de canal 13 Televisión Universitaria (TVU), Eduardo Callejas, el 6 de julio de 2010.

Según el fiscal Anticorrupción, Daniel Fernández, la designación se produjo cuando el imputado fungía como rector de la Universidad y que esa acción fue ilegal porque iba en contra de las normas.

Dijo que de acuerdo con los requisitos para ejercer el cargo de Director de canal 13, el designado debía ser licenciado en Comunicación Social con título en provisión nacional y contar con tres años de experiencias en cargos similares. En la situación de Callejas, éste era técnico en electrónica y no tenía experiencia.

Fernández manifestó que se intentó “corregir” esa ilegalidad con la creación del cargo de coordinador de TVU, el 3 de noviembre del mismo año.

El delito de nombramiento ilegal está penado con la privación de libertad de uno a cuatro años de prisión.

En cuanto a la comisión del delito de incumplimiento de deberes, la Fiscalía aseguró que el ahora imputado en su condición de funcionario público omitió ilegalmente un acto propio de sus funciones al no respetar los reglamentos. Este delito se sanciona de uno a cuatro años de presidio.

La estrategia de la defensa se basó en demostrar, según la exposición de Suárez, que Arízaga no cometió ningún delito, pues en ningún momento en su calidad de Rector de ese entonces designó a Callejas como director de TVU.

Lo que hizo, admitió, fue una “transferencia” del funcionario que trabajaba como técnico a coordinador de ese medio de comunicación. El memorándum de asignación de funciones así lo respalda, afirmó.

De este modo, sostuvo, su defendido no violó ninguna norma. Entonces, “no se puede hablar de la existencia del delito si no hay la violación de la norma”, manifestó.

De hecho, este fundamento fue esencial para que el Juez en su resolución decretara que “existe duda razonable sobre los delitos imputados”.

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