Salame critica decisión de Tribunal en el caso de Leopoldo Fernández
La ex Presidenta del Tribunal Constitucional lamentó que no se aplicará el principio de favorabilidad que señala el artículo 256 de la Constitución Política del Estado y los convenios internacionales
La ex presidenta del Tribunal Constitucional y presidenta del Colegio de Abogados de Chuquisaca, Silvia Salame, calificó como un antecedente nefasto la decisión del Tribunal de Sentencia de La Paz de condenar a 15 años de prisión al ex prefecto Leopoldo Fernández sin computar los cuatro años de detención domiciliaria, lo cual omite los principios de favorabilidad de la ley para los imputados cuando la norma no es específica.
Salame explicó que el artículo 73 del Código Penal, que hace referencia al cómputo de la sentencia, si bien no establece que para la condena debe computarse los años de detención domiciliaria, se debe aplicar el principio de favorabilidad que señala el artículo 256 de la Constitución Política del Estado y los convenios internacionales.
La abogada constitucionalista dijo que la sentencia contra Fernández es ilegal porque no se probaron plenamente los hechos acusados y los jueces debieron absolverle por el principio de la duda razonable.
"Se actuó de forma parcializada, esto en apelación o en casación tiene que dejarse sin efecto porque sería un antecedente funesto para otros procesos que tienen un fondo político", aseguró la jurista.