TCP excluye del ordenamiento jurídico la figura del “preaviso”
El magistrado Oswaldo Valencia explicó que el TCP, a través de la Sentencia Constitucional 009/2017, declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el artículo único del DS 6813
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) excluyó del ordenamiento jurídico del país la figura del preaviso previsto en el artículo 12 de la Ley General del Trabajo garantizando de esa manera la seguridad laboral, según explicaron la tarde de este viernes los magistrados en una conferencia de prensa.
El presidente del TCP, Oswaldo Valencia, explicó que dentro la acción de inconstitucionalidad abstracta planteada por el Defensor del Pueblo, el TCP a través de la Sentencia Constitucional 009/2017 declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley General del Trabajo y el artículo único del decreto supremo 6813 del 3 de julio de 1964.
"Queda inexistente el artículo 12 de la ley general del trabajo en cumplimiento de velar por la supremacía de la Constitución Política del Estado y la seguridad laboral de los trabajadores", señaló Valencia en conferencia de prensa.