Anulan el preaviso como norma para los despidos
El TCP dejó sin efecto el Decreto Supremo 6813, del 3 de julio de 1964 que establecía el preaviso del retiro 90 días después de trabajar

El preaviso utilizado para la desvinculación laboral fue excluido del ordenamiento jurídico del país y perdió vigencia desde ayer, por una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que declaró inconstitucional el artículo 12 de la Ley General del Trabajo (LGT) por ser contraria a la estabilidad de los trabajadores contenida en la Constitución Política del Estado y convenios internacionales.
El fallo estaba previsto para el próximo miércoles, pero los magistrados aceleraron la resolución, después que la Central Obrera Boliviana (COB) determinara interrumpir el diálogo con el Gobierno, denunciando que hay dos sentencias de la Sala Tercera del TCP que continuaban validando la vigencia de esta figura legal.
La sentencia lleva la firma de cinco de los siete magistrados Tres de ellos se presentaron ayer, en la conferencia de prensa, para hacer conocer que dentro de la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta interpuesta por el Defensor del Pueblo, David Tezanos, la sentencia 009/2017, del 24 de marzo de este año, declaró inconstitucional el artículo 12 de la LGT y su expulsión del ordenamiento legal; también quedó eliminado el único artículo del Decreto Supremo 6813, del 3 de julio de 1964, que establecía la vigencia del preaviso de retiro de los obreros y empleados 90 días después de tres meses de trabajo ininterrumpido.
“El fallo en la parte resolutiva dispone declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 de la LGT y el artículo 1 del Decreto Supremo 6813, del 3 de julio de 1964, con lo cual, a partir de hoy (ayer), la figura del preaviso queda sin efecto, sin ninguna vigencia legal, queda inexistente como una forma de desvinculación laboral”, señaló Valencia a los periodistas.
Aclaró que los dos fallos de la Sala Tercera que ponían en vigencia el preaviso, cuestionado por la COB, no representaban la posición del Pleno, y sólo podía recurrirse a esa figura legal siempre y cuando tuviera la aceptación del trabajador, pero con este fallo esto queda también regulado. “Cualquier tipo de situaciones, son responsables los miembros de la Sala Tercera que suscribieron dicho fallo”, agregó.
La COB observaba la sentencia en el caso de Jacquelinne Roxana Vargas Castillo, en contra de ejecutivos de la empresa “Petrobas- BOLIVIA”, en Santa Cruz, que habrían procedido a entregarle un preaviso de retiro sin causal. El fallo que habría validado el preaviso de despido para un trabajador de la empresa Papelandia, quien además tiene un hijo menor de un año.
Con esta sentencia, Valencia dijo que se consolida y ratifica la estabilidad laboral en el orden que manda la Constitución Política del Estado.
NORMA DESFAsADA
La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el Defensor del Pueblo el 13 de enero, sosteniendo que tanto el artículo 12 de la LGT y el DS 6813, resultaban contrarios a la estabilidad laboral contenidos en la Constitución y convenios internacionales.
El TCP sostiene que si bien el artículo 55 del Decreto Supremo 21060, que bajo la libre contratación y rescisión laboral permitía el despido injustificado del trabajador; con la vigencia de la nueva Constitución (artículo 46.I.2) consagra el derecho de toda persona a una fuente laboral estable, por lo que la norma impugnada estaba desfasada del nuevo orden constitucional.
Respecto a la consulta del Legislativo, de que al estar expulsado el preaviso del ordenamiento jurídico, también dejaría de existir el desahucio y el trabajador no podría reclamar este pago compensatorio, el TCP sostiene que este derecho está plenamente garantizado si fue despedido sin justificación, de lo contrario debe ser reincorporado. O cuando el retiro es imputable al trabajador puede obviarse el pago de beneficios sociales, siempre y cuando el empleado haya incurrido en perjuicios y daños a la empresa.
La sentencia lleva la firma de los magistrados Oswaldo Valencia, Mirtha Camacho, Zenón Bacarreza, Efrén Choque y Macario Cortez; sus colegas Neldy Andrade y Ruddy Flores, ambos de la Sala Tercera, no firman porque fueron excusados de conocer la demanda.
Defensor saluda decisión del TCP sobre preaviso
El Defensor del Pueblo, David Tezanos, saludó la decisión del TCP de expulsar del ordenamiento jurídico el artículo 12 de la Ley General del Trabajo y declarar inconstitucional el preaviso.
"El Defensor del Pueblo aplaude que el máximo intérprete de la Constitución y las leyes haya ponderado la fundamentación desarrollada al respecto y determinado la prevalencia y protección de los derechos de la clase trabajadora, asumiendo que la estabilidad de la relación laboral, en un Estado social de derecho, expresa la necesidad social de atribuirle una larga duración a las relaciones de trabajo y de proteger al trabajador contra el despido arbitrario e injustificado por parte del empleador", señala un comunicado de esa entidad, dado a conocer por el Delegado Defensorial en Chuquisaca, Edwin Martínez, tras ser notificado ayer, a las 15:50.