Polémica en designación de suplentes en el Judicial
Una consejera asegura que consultó a un Viceministerio antes de asumir
La convocatoria a suplentes para cubrir las acefalías de magistrados y consejeros en el Órgano Judicial genera polémica. Mientras en el Consejo de la Magistratura ejercen funciones dos consejeras que fueron posesionadas pese a haber ejercido la función pública que de acuerdo a Ley es una causal de incompatibilidad, en el Tribunal Supremo de Justicia la línea es no convocar a suplentes que trabajaron en cargos públicos porque constituye una renuncia tácita a su condición de magistrado suplente.
Las consejeras Magdalena Alanoca y Roxana Orellana fueron convocadas en diciembre del año pasado al igual que Orlando Ríos y Osvaldo Patiño para que asuman en sustitución de cuatro consejeros cesados del cargo tras ser acusados en la Asamblea Legislativa.
Alanoca y Orellana ya habían ejercido funciones públicas, la primera como asistente en el Tribunal Constitucional Plurinacional y la segunda como representante distrital del Consejo en Santa Cruz, pero pese a ello se las convocó; el presidente Wilber Choque dijo que fue sobre la base de la lista de suplentes remitida por el Tribunal Supremo Electoral.
Alanoca sustentó su posesión en una resolución del viceministerio de Derechos Fundamentales que previo a su posesión les habría aclarado que el artículo 178 de la Ley del Órgano Judicial, que establece las causales de incompatibilidad no es aplicable a los consejeros suplentes. Agregó que el parágrafo segundo de ese artículo señala que la función de consejero es exclusiva y no se aplica a los suplentes porque no están ejerciendo ninguna labor como consejeros.
Sin embargo, el presidente Choque apuntó que la situación de las dos consejeras está en análisis para establecer si incurrieron en una de las causales de cesación o renuncia tácita luego de ser electas como consejeras suplentes en las elecciones de 2011.
“La ley es clara, la ley 025 establece las incompatibilidades de los consejeros tanto titulares y suplentes, en ese marco, aparentemente, las consejeras habrían perdido la condición para asumir la titularidad en el Consejo de la Magistratura”, aseguró Choque.
De todas maneras esperarán la determinación que asuma el Tribunal Supremo de Justicia donde también se desató la polémica por la titularidad de dos magistradas suplentes que pretenden llenar el vacío de dos magistrados que renunciaron para postularse al Tribunal Constitucional Plurinacional.
El decano del Consejo, Orlando Ríos, acotó que la ley puede prestarse a una interpretación, pero en su criterio las dos consejeras incurrieron en incompatibilidad.
“Es categórica la norma porque no pueden trabajar en instituciones públicas, cargos remunerados y la excepción es la profesión libre de la abogacía, la docencia universitaria que no alcanza a los titulares”, aseguró.