Ex dirigentes del transporte se libran de sanción penal
FANCESA los demandó por bloquear sus instalaciones en junio de 2016
El proceso contra los dirigentes del transporte que en junio de 2016 protagonizaron un bloqueo a las instalaciones de la Fábrica Nacional de Cemento Sociedad Anónima (FANCESA) concluyó con una salida alternativa, que libera de toda sanción penal a ocho ex dirigentes si en el plazo de un año cumplen con las restricciones impuestas.
El juez de Sentencia Penal N° 1, Eduardo Gonzáles, informó que decretó la salida alternativa al juicio en virtud de que FANCESA y los ocho dirigentes procesados llegaron a un acuerdo.
Explicó que la cementera chuquisaqueña firmó el acuerdo al reconocer que en la demanda no existía una necesidad de compensación económica porque no hubo daño económico a la fábrica.
En junio del año pasado, los transportistas bloquearon la salida de cemento rumbo al mercado nacional protestando contra una decisión del Directorio de FANCESA de declarar libre el transporte de carga y rebajar el precio del flete.
Ese hecho provocó que la cementera denunciara penalmente a los entonces dirigentes del transporte por la supuesta comisión de los delitos de asociación delictuosa y atentados contra la libertad de trabajo. Adujeron que por diez días de paro, la fábrica perdió alrededor de Bs 20 millones.
La denuncia fue contra Domingo Durán Rojas, Ángel Terrazas Sacaca, German Quiroz Sánchez, Freddy Pallares Saavedra, Oscar Reynolds Calderón, Carlos Mora Sandy, Eddy Javier Calani y Justino Garnica; un juez ordenó la detención preventiva en la cárcel San Roque donde permanecieron diez días y luego fueron liberados para que se defendieran en libertad.
Cuando la denuncia llegó a juicio, el Ministerio Público siguió causa sólo por el delito de atentados contra la libertad del trabajo, cuya sanción máxima es de tres años de cárcel, y dejó fuera asociación delictuosa, que tiene una pena de dos años de presidio.
Gonzáles informó que la salida alternativa se dio en la primera audiencia de juicio que se realizó el 6 de diciembre, cuando decretó que los acusados deberán cumplir las siguientes condiciones: tienen prohibido cambiar de domicilio sin autorización del juez de ejecución, deben presentarse ante el juez de ejecución cada cuatro meses, el primer día hábil de cada cuarto mes y tienen prohibido participar en cualquier acto de bloqueo, reclamo o manifestaciones en contra de FANCESA.
Recalcó que los ocho transportistas deberán cumplir esas condiciones durante un año; al cabo del mismo se dará por cerrado el proceso penal en su contra.