Dan cinco años de cárcel a padrastro maltratador
El padrastro de la niña de tres años que fue sentada en ladrillos calientes para escarmentarla porque se orinó fue sentenciado a cinco años de prisión; la madre recibió tres, pero no ingresará a la cárcel por haberse beneficiado de la suspensión condicional de la pena.
La información fue confirmada por el responsable de la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia del Distrito 3, Paolo Romay, quien dijo que la audiencia se realizó la tarde de ayer, martes, en el Juzgado 1º de Instrucción en lo Penal de la Capital del juez René Conde.
El 19 de octubre el padrastro de una niña de tres años sentó a la criatura en unos ladrillos calientes, molesto porque antes se orinó en su ropa. La agresión no se habría conocido de no ser por una infección en las nalgas de la víctima.
Los ladrillos calientes quemaron la piel de la niña que al no ser tratada a tiempo terminó con una fuerte infección; esa situación obligó a la madre, el 30 de octubre, a llevar a su hija al hospital donde los médicos determinaron quemaduras de tipo B y establecieron un impedimento físico de 30 días.
Al ser consultada la madre sobre lo que había pasado con su hija, ella contestó que la sentó en ladrillos calientes porque se había orinado. Sin embargo, cuando se le preguntó a la niña quién fue, apuntó a su padrastro.
La Fiscalía los imputó por lesiones graves y fueron enviados a la cárcel preventivamente el 1 de noviembre.
Las evidencias contra los sospechosos eran contundentes y por eso decidieron someterse a proceso abreviado. El Ministerio Público acusó al padrastro por lesiones graves y a la madre por violencia familiar, dijo el coordinador del Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (SEPDAVI) Chuquisaca, Bladimir Bolívar, previo acuerdo con los acusados.
En audiencia, Conde sentenció al padrastro a cinco años de prisión a cumplirse en la cárcel San Roque y a la madre a tres años con el beneficio de la suspensión condicional de la pena.
Romay afirmó que la niña seguirá en un centro de acogida bajo la figura legal de acogimiento circunstancial hasta que la madre pueda demostrar que está en condiciones de criarla.