Justicia se da un año para acabar con mora procesal
Los juicios que llevan años y tienen detenidos de forma preventiva tendrán plazos fatales para concluir, según la nueva normativa

En un año ya no habrá procesos pendientes en materia penal con la implementación de la nueva Ley de Abreviación Procesal Penal, prometió ayer el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, José Antonio Revilla, durante el acto de promulgación, en Sucre, por el presidente Evo Morales. Sin embargo, los abogados tienen sus reparos y temen que la nueva norma, que se implementará a partir del 30 de septiembre con el objetivo de disminuir la mora procesal, sea un fracaso.
Después de escuchar los discursos del ministro de justicia, Héctor Arce; del fiscal general, Juan Lanchipa, y del presidente del TSJ, José Antonio Revilla, que enumeraron las bondades de la nueva Ley, el presidente Evo señaló que la nueva norma tiene por objetivo acabar con la retardación de justicia y destacó que en su elaboración hayan participado juristas nacionales.
En medio de los aplausos de los funcionarios judiciales y de los invitados especiales, Morales expresó su deseo de que la justicia boliviana sea un referente en Latinoamérica.
“Al igual que el modelo económico boliviano, quisiera que algún día la justicia, con la elección de magistrados y las nuevas leyes promulgadas, sea el primero en América Latina”, recalcó.
Antes, el Ministro de Justicia se refirió a los seis ejes fundamentales de la nueva ley que será implementada a partir del 30 de septiembre y que fija plazos fatales para agilizar el trámite de los procesos penales y “aliviar el sufrimiento de la gente”.
El primer eje consiste en la simplificación de las notificaciones que en muchos casos retrasan los procesos; con la nueva ley todas las acciones judiciales deben ser digitales.
El segundo eje es la limitación a la detención preventiva, con lo que se pretende que, ahora sí, ésta sea una excepción y no la regla y tendrá que aplicarse en casos justificados y no de forma deliberada y sin límites; el fiscal solicitará la detención preventiva y en un plazo de seis meses deberá concluir con la investigación y presentar una resolución para juicio. Puede haber ampliación bajo control del juez.
Un tercer eje es el afianzamiento de la oralidad en un 100 por ciento. “Ya no más trascripción de las actas por dos a tres semanas, el juez debe dictar sentencia de manera inmediata”, enfatizó.
El cuarto eje es la celeridad en la atención de las causas, para lo que hay una clasificación de delitos graves y comunes. Hay 54 delitos punibles que por su gravedad serán conocidos por tribunales de sentencia, mientras que el resto de delitos comunes, por jueces unipersonales.
El quinto eje es el uso de tecnologías de información, con la habilitación de la Oficina Gestora de Procesos, que garantizará el desarrollo de las audiencias y evitará suspensiones bajo responsabilidad de los juzgadores, además de juicios continuos.
Finalmente, el sexto eje es el fortalecimiento a la Ley 348 de protección a las mujeres contra toda forma de violencia y el perfeccionamiento de los mecanismos de defensa y protección.
DIAGNÓSTICO
Durante el acto, el Fiscal General se refirió a algunos males de la justicia como la retardación, el hacinamiento carcelario y la subsistencia de un sistema inquisitivo en la persecución penal; situación que apuntan a cambiar con esta ley.
Detalló que entre 2012 y 2016 se programaron 309.300 audiencias en materia penal, de las cuales 49% fueron suspendidas; de ese porcentaje, 44% debido a la ausencia de las partes, 16% por ausencia de fiscales, 14% por ausencia de jueces, 11% por falta de notificaciones y 15% por otros motivos.
“En resumen, una de cada dos audiencias programadas fueron suspendidas”, puntualizó.
LIQUIDAR LA MORA
A su turno, el Presidente del TSJ destacó la elaboración consensuada de la nueva norma que, en su criterio, fue producto de la "brillantez" del ministro Héctor Arce. Prometió que en un año no habrá más procesos penales pendientes.
“No es una ley más que el Estado Plurinacional la está lanzando, es una ley consensuada, es, diríamos, el producto más exquisito de la adecuada conducción y de la brillantez de la capacidad intelectual de nuestro Ministro de Justicia que condujo adecuadamente la comisión 898 que tiene este producto”, resaltó en medio de aplausos de los asistentes.
Aseguró que esta no es una ley improvisada, sino consensuada y para su implementación requerirá de una coordinación entre las instituciones, sobre todo judiciales.
Dentro de los plazos fatales que tiene la norma, recalcó que hay 150 días para la vigencia plena, 120 días para la asignación y elaboración de protocolos y un año para liquidación de causas.
Actualmente hay más de 18 mil causas pendientes en diferentes etapas, que están siendo atendidas por 91 jueces o tribunales.
“Las causas duran años, ahora tenemos un límite normativo que lo vamos a cumplir, porque es nuestro deber cumplirlo como máximas autoridades: en un año ya no habrá más procesos penales pendientes”, comprometió.
LOS REPAROS
El presidente del Ilustre Colegio de Abogados de Chuquisaca (ICACH), Arturo Yáñez, tiene sus reparos sobre la posibilidad de que esta nueva ley revolucione la “triste historia” de la justicia penal y se mostró pesimista porque leyes como la 586 y la 07, que apuntaban a luchar contra la retardación, terminaron en un fracaso.
Admitió que puede haber avances positivos pero sugirió el cambio de la estructura de la separación de poderes para concretar las transformaciones.
Destacó la implementación de la tecnología en la medida de que los sistemas sean confiables y no manipulados para engañar a los abogados.
Cuestionó el discurso “zalamero” de Revilla, que calificó de una “vergüenza” para una persona que representa a un Órgano del Estado.
La jueza cautelar Ximena Mendizábal apuntó que después de la implementación se evaluará cómo funciona esta ley. Sugirió más recursos humanos y económicos.
El fiscal departamental de Santa Cruz, Mirael Salguero, afirmó que esta nueva norma reivindica la ley 1970 del Código de Procedimiento Penal que establecía juicios continuos y la excepcionalidad de la detención preventiva, antes de que fuera perforado.
“Establece parámetros para la detención preventiva, si procede la detención el fiscal debe fijar un tiempo para realizar ciertos actos, está medido, no habrá el uso indiscriminado de la detención, porque se hacía la imputación y se olvidaba un año, dos años, tres años”, ejemplificó.
La ley establece 150 días para su aplicación plena para la creación de la Gestora de Procesos, más recursos económicos y personal en el área jurisdiccional y el Ministerio Público. “En ese tiempo se va a buscar recursos para implementar la aplicación de la ley”, añadió.
En la mira desde el caso Terrorismo hasta el juicio a Zapata
De acuerdo con la nueva ley, a partir de noviembre de este año, corren los seis meses de plazo fatal para que los tribunales que conocen juicios que llevan años sean resueltos con sentencias, absolviendo o condenando a los implicados.
Entre ellos están el caso de supuesto terrorismo, que cumplirá en octubre siete años de proceso sin una sentencia final; la causa abierta contra Gabriela Zapata por trata y tráfico de personas, que ya tiene cuatro años de ventilarse en los estrados judiciales; el caso de ex oficiales de la Policía implicados en una supuesta red de narcotraficantes internacionales, sin sentencia desde 2010; el proceso por lavado de dinero en contra de Jacob Ostreicher, detenido en 2011; y el juicio contra uno de los integrantes del Primer Comando Capital (PCC), Mariano Tardelli, caso que comenzó luego del asalto al vehículo de transporte de valores Brinks en abril de 2017, según una relación de El Deber.
El Fiscal Departamental de Santa Cruz remarcó que en los procesos con detenidos preventivos, habrá un plazo de 90 días, a partir de septiembre de este año, para que los fiscales asignados señalen el tiempo que requieren para concluir los casos, si no cumplen, los detenidos preventivos podrán abandonar la cárcel.
Algunos de los abogados que tienen participación en estos casos, consideran que la nueva normativa procesal solo persigue un interés político y que en realidad no será aplicable.
Gary Prado, abogado de varios procesados en el caso Terrorismo, afirma que es inaplicable el plazo fatal que la disposición plantea para acabar con los juicios en curso y adelanta que, si es necesario, plantearán demandas contra la ley ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
Ejes fundamentales
- Simplificación de las notificaciones; todas las acciones deben ser digitales.
- Limitación a la detención preventiva; sólo se aplicará en casos justificados.
- Afianzamiento de la oralidad que ponga fin a la llamada justicia ritualista.
- Celeridad en la atención de las causas, a partir de una clasificación de delitos
- Uso de tecnologías de información y funcionamiento de la Gestora de Procesos.
- Fortalecimiento de la Ley 348 contra toda forma de violencia a las mujeres.