Caso 24 de Mayo: Frenan ejecución de sentencia
Los acusados denunciaron el incumplimiento de un fallo que anuló una sentencia
La ejecución de la sentencia condenatoria de siete años y medio de prisión en contra de los acusados del caso 24 de Mayo, que implicaba la pérdida de derechos políticos para exlíderes y exactivistas de Chuquisaca, quedó en suspenso. Una jueza de garantías constitucionales ordenó que los vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca resuelvan en un plazo de tres días una queja pendiente de incumplimiento de sentencia constitucional.
El pasado 24 de mayo, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió un fallo de casación ratificando la sanción para los acusados en este caso, pero no consideró el cumplimiento de una sentencia constitucional que anuló la condena dictada por dos vocales de un tribunal de apelación a quienes conminó a resolver la excusa ilegal de una vocal, según los abogados defensores.
El jurista Jaime Tapia explicó que ante el incumplimiento de la sentencia constitucional por los vocales de la Sala Penal se presentó una denuncia y a la vez se pidió a la jueza de amparo constitucional disponga como medida cautelar la suspensión inmediata de cualquier acto jurisdiccional en el proceso penal.
El abogado del exalcalde Jaime Barrón informó ayer que la jueza Pública Civil y Comercial Séptima de la capital, Betty Nogales, aceptó la denuncia y ordenó la suspensión de todo acto jurisdiccional en este caso mientras los vocales Iván Sandoval y Hugo Córdoba no informen sobre el cumplimiento de la sentencia constitucional referida por los accionantes.
“La jueza aceptó y admitió esta queja y ha dispuesto la suspensión de cualquier acto del proceso en tanto y en cuanto no se resuelva la determinación constitucional”, informó Tapia luego de haber sido notificado ayer con la decisión.
En marzo de 2016, un tribunal de la localidad de Padilla condenó a los acusados a seis años de prisión, esta decisión fue apelada por las víctimas y los acusados; un tribunal de dos vocales en Sucre incrementó la pena a siete años y medio de cárcel. Esta decisión fue anulada en una acción de amparo en 2016 y el Tribunal Constitucional ordenó a los vocales dictar un nuevo fallo resolviendo la ilegal excusa de una vocal, pero sin que se atendiera esa determinación el TSJ ratificó la sentencia condenatoria, la misma que es rechazada por los acusados porque, aunque computa la detención domiciliaria y lo libra de la cárcel, conculca sus derechos políticos.