TSJ podría definir este miércoles la reglamentación para la reanudación de los plazos procesales
El alto tribunal definirá los lineamientos para el retorno de las actividades judiciales en el país
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), cabeza del Órgano Judicial, tiene previsto reunirse en sala plena este miércoles para aprobar y hacer conocer la reglamentación de su retorno a actividades, acatando así la cuestionada disposición final segunda del Decreto Supremo 4276, promulgado por la presidenta Jeanine Áñez.
El pasado 27 de junio, a través de un comunicado, el TSJ anunció que procederá a la inmediata reglamentación para la reanudación de sus actividades, en obediencia a lo dispuesto por el Gobierno, pese a que jueces y abogados calificaron ese decreto como una intromisión del Órgano Ejecutivo en las labores del Órgano Judicial.
Sin embargo, tres días después de ese comunicado, la anunciada reglamentación aún no fue emitida y se prevé que en la sesión de sala plena de este miércoles se apruebe y haga conocer para que los tribunales departamentales de justicia, dependiendo de la calificación de riesgo de los lugares en los que se encuentren, procedan a la reactivación de los plazos procesales suspendidos en marzo por la cuarentena, lo que paralizó todos los procesos judiciales en el país.
El presidente del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca, Iván Sandoval, señaló que está a la espera de una disposición del TSJ para el retorno gradual a las actividades, toda vez que, a partir de este miércoles 1 de julio, rige la cuarentena dinámica con reactivación económica.
La presidenta Jeanine Áñez promulgó el pasado 26 de junio, el Decreto Supremo 4276 que instruye al Órgano Judicial a reanudar las actividades jurisdiccionales y levantar la suspensión de los plazos procesales.
“Considerando que la administración de justicia es un servicio indispensable para la buena convivencia de la población, (...) el Órgano Judicial, el Tribunal Constitucional Plurinacional y el Ministerio Público, conforme a sus atribuciones y competencias, reanudarán sus actividades, plazos y procedimientos, conforme a su reglamentación interna, aprobada y emitida por sus instancias competentes, debiendo dar cumplimiento a los protocolos y normas de bioseguridad para prevenir el contagio de la infección por coronavirus (Covid-19)”, señala parte de la norma.
Esta disposición fue cuestionada por algunos abogados y jueces que observan una intromisión del Gobierno contra la independencia del Órgano Judicial.
Para el presidente del Colegio de Abogados de Chuquisaca, Arturo Yáñez, es discutible que el Ejecutivo emita normas para la reanudación de plazos que en todo caso le correspondería al Judicial, sin embargo, el tema de la suspensión de plazos tendrá que ser resuelto revisando jurisprudencia, ya que se da por un hecho inédito.