Imputan al magistrado Revilla por supuesta prolongación de funciones
El caso del también expresidente del TSJ data de su periodo como titular del TDJ Chuquisaca
El Ministerio Público presentó imputación formal en contra del expresidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca, José Antonio Revilla, por presunto incumplimiento de deberes y anticipación o prolongación de funciones.
Revilla fue denunciado el 29 de enero de este año por el viceministro de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, Guido Melgar, quien sostiene que el actual magistrado del TSJ se habría prolongado en las funciones de presidente del TDJ de Chuquisaca por casi tres gestiones consecutivas, cuando la ley 025 del Órgano Judicial establece dos años.
Según la denuncia, Revilla asumió la presidencia del TDJ el 25 de abril de 2012, sin embargo, una vez cumplida su gestión, habría decidido seguir en la presidencia hasta abril de 2015.
El 22 de abril de ese mes, la Sala Plena del TDJ consideró la elección de un nuevo presidente, empero, “con la protección” de la entonces magistrada Rita Nava, decidió seguir en funciones hasta postularse a magistrado del TSJ en 2017, según el documento.
Correo del Sur Digital conoció que la imputación fue presentada en plataforma del TDJ el pasado viernes debido a las restricciones por la pandemia del coronavirus.
El documento de imputación presentado por la Unidad Anticorrupción de la Fiscalía en Chuquisaca señala que califica provisionalmente los hechos investigados como incumplimiento de deberes y anticipación o prolongación de funciones.
Consultado sobre el tema, el expresidente del TSJ José Antonio Revilla aseguró que no tiene conocimiento de ese actuado y que una vez reanudadas las labores y ser notificado responderá como corresponde.
En la investigación preliminar, Revilla señaló que no cometió ningún delito y que esta continuación de funciones en la presidencia estaba enmarcada en la ley y en una resolución de presidencia del TSJ del 27 de junio de 2016 que establece que al encontrarse la ley 025 en transición del Poder Judicial a Órgano Judicial, en su disposición transitoria la misma disponía que “todos los vocales, jueces y secretarios (…) deberán continuar en sus funciones hasta la designación de los nuevos servidores públicos”.