Personería jurídica: TCP rechaza acción del MAS y acepta recurso del TSE

El Tribunal notificará con el auto constitucional a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Eva Copa, para que presente alegatos en 15 días

La papeleta aprobada para las Elecciones Generales 2020. La papeleta aprobada para las Elecciones Generales 2020. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Seguridad / 30/09/2020 13:28

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento Al Socialismo (MAS) en contra de la sanción a partidos por difundir resultados de encuestas fuera de plazo, pero admitió el recurso presentado por el Tribunal Supremo Electoral sobre el mismo tema.

Según el auto constitucional al que tuvo acceso Correo del Sur Digital, la comisión de admisión del TCP negó la solicitud del delegado del MAS, Wilfredo Chávez, de promover una acción de constitucionalidad en contra del parágrafo III del artículo 136 de la Ley de Régimen Electoral que sanciona a los partidos políticos con la cancelación de su personería jurídica por difundir resultados de encuestas fuera de plazos.

Sin embargo, admitió en parte la Resolución 025/2020 del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que promueve la acción de inconstitucionalidad del MAS contra la cancelación de su personería jurídica, que tendría efectos en otras organizaciones porque también fueron denunciadas por la divulgación de encuestas.

Este es el auto constitucional: 

 

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