Promueven conciliación por asistencia familiar; advierten perjuicio para mujeres

Consideran que esto perjudicaría a las mujeres porque el hombre se podría escapar

La cárcel San Roque de Sucre. La cárcel San Roque de Sucre. Foto: Archivo/CORREO DEL SUR

Sucre/CORREO DEL SUR
Seguridad / 04/02/2021 07:48


Con la finalidad de lograr su libertad y evitar el contagio del coronavirus por hacinamiento, la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca instruyó a los juzgados de Familia promover la conciliación en casos de personas que están encarceladas por incumplir su obligación económica.

Para la coordinadora de la Defensoría de la Mujer del Centro Juana Azurduy, Lila Concepción Carrasco, si bien la conciliación está en el ámbito del derecho y es una medida para la solución de conflictos, no debe primar la coacción sino la voluntad de las partes. Empero, advirtió que esta salida puede ir en desmedro de las mujeres y de los hijos.

“Muchas veces las mujeres actúan de buena fe y lo que ocurre es que los obligados no tienen ningún tipo de restricción, se escapan de la ciudad y evaden de esta manera su responsabilidad”, dijo a CORREO DEL SUR.

INSTRUCTIVO

El presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, Iván Sandoval, informó que “tal cual como sucedió en la peor época de la pandemia, el año pasado en los meses de junio y julio, y en vista de que los beneficiarios por asistencia familiar no podían continuar siendo perjudicados (…), este año también hemos instruido a los señores jueces de materia familiar para que puedan promover la conciliación entre las partes”.

Aclaró que la conciliación se debe promover con las personas que están detenidas en la cárcel San Roque de Sucre o en las carceletas de las provincias del interior de Chuquisaca, para que recobren su libertad y no se expongan al contagio del coronavirus.

¿Este instructivo tiene por finalidad sacar a la gente de la cárcel por la emergencia sanitaria?, le consultó este periódico, y Sandoval respondió: “Por una parte sí, por otra también que el beneficiario, de alguna forma, pueda estar más o menos satisfecho en el acuerdo al que se llegue, porque el obligado va a tener que pagar algún monto de asistencia familiar o, en su caso, asumir algún compromiso bajo alguna garantía”.

“ALGÚN TIPO DE GARANTÍA”

La Coordinadora de la Defensoría de la Mujer del Centro Juana Azurduy fijó su postura de la siguiente manera: “Si hay una posibilidad de un plan de pagos, si hay una predisposición de parte del obligado, se puede promover una conciliación, (pero) si hay algún tipo de garantía que dé el obligado”.

Sin embargo, dejó en claro que esta situación va en “total desmedro de las mujeres y de los hijos, que deben recibir la asistencia familiar en forma oportuna y no tardía, porque la finalidad de la asistencia familiar es el hecho de cubrir las necesidades de los niños, niñas y adolescentes que no pueden por sí mismos cubrir sus necesidades”.

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