Vocales ordenan que videos que involucran a Yassir Molina deben ser reproducidos en audiencia cautelar

Declararon infundada la decisión de la jueza Ximena Mendizábal que excluyó esta prueba en la audiencia para otorgar la libertad irrestricta del imputado

Yassir Molina en audiencia en Sucre. Yassir Molina en audiencia en Sucre. Foto: ARCHIVO

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Seguridad / 25/03/2021 17:10

Los vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ), Iván Sandoval y René Conde, determinaron que los videos ofrecidos como prueba en la audiencia cautelar en contra del líder de la Resistencia Juvenil Cochala (RJC), Yassir Molina, deben ser reproducidos en la audiencia de apelación prevista para la próxima semana. Declararon infundada la decisión de la jueza Ximena Mendizábal que excluyó esta prueba en la audiencia para otorgar la libertad irrestricta del imputado.

Ambos vocales resolvieron una apelación incidental planteada por el Ministerio Público y la Alcaldía de Sucre que impugnó la decisión de la jueza Mendizábal, arguyendo que la autoridad excluyó esta prueba sin fundamento legal; estos videos fueron ofrecidos por la comisión de fiscales.

“La Sala Penal Primera, integrada por el vocal René Conde y mi persona (Iván Sandoval), hemos resuelto por declarar la procedencia de los recursos de apelación, hemos declarado infundada la exclusión probatoria dispuesta por la jueza dando lugar a que estas pruebas, los videos, deben ser remitidos para su reproducción ante el vocal de la Sala Penal Segunda que tiene a su cargo el conocimiento de la medida cautelar”, aseguró Sandoval.

En criterio de los vocales, resulta evidente la falta de fundamentación y falta de base legal en la resolución de la jueza, toda vez que en la consideración de medidas cautelares de carácter personal, como es la detención preventiva o medidas menos gravosas, no corresponde dilucidar la exclusión probatoria, al tratarse de una fase preliminar; solamente puede considerarse en el desarrollo del juicio, así lo establece una sentencia constitucional de 2018.

La jueza Mendizábal emitió dos resoluciones, una de la exclusión probatoria que este jueves fue resuelta por los vocales de la Sala Penal Primera, y otra contra la decisión de otorgar la libertad irrestricta para Molina, como medida cautelar, esta última apelación será conocida por uno de los vocales de la Sala Penal Segunda.

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