Quema del TED: Anulan imputación de implicado

El Ministerio Público no consigue probar qué participación tuvieron los seis imputados dentro del caso de la quema del edificio del Tribunal Electoral Departamental (TED) Chuquisaca en 2019

QUEMADO. Durante el incendio del edificio del TED había una turba que presenciaba el hecho. QUEMADO. Durante el incendio del edificio del TED había una turba que presenciaba el hecho. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR
Seguridad / 04/11/2021 02:32

El Ministerio Público no consigue probar qué participación tuvieron los seis imputados dentro del caso de la quema del edificio del Tribunal Electoral Departamental (TED) Chuquisaca en 2019, según la jueza segunda de Instrucción en lo Penal de Sucre, Aurora Lazarte, que ayer anuló por segunda vez la imputación fiscal en contra de uno de ellos.

“Se ha anulado la última imputación en contra de Kevin Adolfo Echalar Doria Medina porque la Fiscalía no cumplió con los aspectos observados anteriormente, de especificar las pruebas de cómo ocurrieron los hechos que vinculan al imputado y hacer la individualización de la responsabilidad penal de cada uno de los sindicados”, informó a CORREO DEL SUR la jueza Lazarte.

Recordó que en septiembre pasado ella anuló una primera imputación fiscal contra Echalar. La resolución, apelada por el Ministerio Público, fue confirmada por una autoridad superior, pero los fiscales volvieron a imputar a esta persona, que nuevamente solicitó la nulidad y en la audiencia de ayer le fue concedida.

“Si bien se dice que ellos estaban presentes antes, durante y después de la quema del TED, no se establece cómo participaron en la quema, cómo hubieran subsumido su conducta para ser imputados”, remarcó Lazarte.

El fiscal departamental de Chuquisaca, Mauricio Nava Morales, indicó que esta resolución fue apelada haciendo notar cierta parcialización de la Jueza en este caso porque, según su criterio, actuó “ultrapetita” (más allá de lo pedido por las partes), con lo que habría incurrido en vulneración del debido proceso en su elemento de juez natural e imparcial.

“La Jueza refiere de manera curiosa que se debe anular la imputación en función a que no se hubiese detallado la conducta individualizada de cada uno de los otros coimputados, siendo que no ha sido motivo de debate en esta audiencia, tomando en cuenta que la Sala Penal Segunda ya se refirió a este aspecto y la Jueza incumplió ese auto de vista”, sostuvo.

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