TCP: En Bolivia, nadie puede ser procesado por sedición

“El delito de sedición no se encuentra más dentro del ordenamiento jurídico penal de nuestro Estado Plurinacional”, remarcó el magistrado Paul Franco 

El TCP  declaró la inconstitucionalidad del delito de sedición. El TCP declaró la inconstitucionalidad del delito de sedición. Foto: archivo

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Seguridad / 17/03/2022 17:57

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró la inconstitucionalidad del delito de sedición, que de esta manera quedó “expulsado” del ordenamiento jurídico del país, señaló este jueves el presidente de este órgano, Paul Franco, en una conferencia de prensa.

“A partir de la notificación de la sentencia constitucional aludida (4/2022, emitida por la Sala Plena del TCP, emergente de una Acción de Inconstitucionalidad), el delito de sedición queda expulsado del ordenamiento jurídico boliviano; por tanto, nadie puede ser procesado o perseguido con relación a este delito”, sostuvo la autoridad.

Explicó que se declaró la improcedencia de la acción con relación al delito de terrorismo debido a que la pretensión generada en esta acción estaba enfocada en una norma que ya fue modificada por la Ley 260 y el TCP no se pronuncia sobre normas que no están vigentes.

La acción fue planteada por las exparlamentarias Adriana Salvatierra, Sonia Brito, Juana Quispe y otros.

“El delito de sedición no se encuentra más dentro del ordenamiento jurídico penal de nuestro Estado Plurinacional”, remarcó Franco.

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