TCP declara nulos los decretos de ascensos en las FFAA firmados por Áñez
La entonces presidenta del Senado, Eva Copa, presentó un recurso de nulidad
Los decretos con lo que se dispuso el ascenso de militares por la expresidenta Jeanine Áñez y su gabinete quedaron nulos por una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que se conoció recién este jueves pero el fallo lleva la fecha del 7 de mayo de 2021, es decir, se habría notificado a las partes, diez meses después de la demanda.
La entonces presidenta del Senado, Eva Copa, presentó un recurso de nulidad en contra de Jeanine Áñez, quien fungía como presidenta transitoria, y su consejo de ministros, demandando la nulidad del Decreto Supremo 4291 de 15 de julio de 2020 en la que denuncia una “flagrante usurpación por el Gobierno de facto (sic)”, que no le competían, puesto que mediante el DS 4291, determinó imponer grados y hacer la entrega de Bastones de Mando, Sables y Espadas, vulnerando expresamente el artículo 160.8 de la Constitución Política del Estado”, señala parte de la demanda de nulidad.
Prosigue la demandante que “al imponerse grados en las FFAA, mediante una norma infralegal –Decreto Supremo– se transgredió el principio democrático protegido por el principio de legalidad, al desconocer las atribuciones constitucionalmente conferidas a cada Órgano del Estado”.
Por lo conferido se concluye que las autoridades demandas, “Presidenta transitoria del Estado Plurinacional de Bolivia” y el “Consejo de Ministros que suscribieron el decreto 4291 (…) incurrieron en una potestad inexistente que no les fue asignada por la norma suprema ni las leyes”, se lee en la parte del justificativo del TCP para declarar nulo este decreto.
La resolución firmada por los magistrados, siendo relator el tribuno Yván Espada, sostiene que la procedencia del recurso se da en dos supuestos: “Usurpación de funciones sin competencia, referido al ejercicio de funciones ajenas, y el ejercicio de potestad y jurisdicción no asignada por la norma suprema o las leyes, referido a funciones inexistentes”.
“Lo mismo ocurre respecto al DS 4306, que no puede pasar inadvertido por este Tribunal, ya que si bien no fue expresamente demandado, se registra en la base de datos de la Gaceta Oficial de Bolivia como otro Decreto Supremo a través del cual y por un instrumento normativo impertinente, se procedió a la imposición de grados al personal de la institución castrense”, señala otra parte de la resolución.