Pagan multa de Bs 2.370 por la fiesta de “teams”
Está en curso una demanda penal; falta que se pronuncie la Fiscalía

Los propietarios del inmueble donde se realizó la fiesta “teams” con menores de edad fueron multados por la Alcaldía de Sucre con 1.000 UFVs, que equivalen a 2.370 bolivianos.
Así lo confirmó el director municipal de Seguridad Ciudadana de Sucre, Fabio Arata, quien dijo que la multa fue emitida el lunes y que ese mismo día fue cancelada por los dueños del inmueble de la calle Inca Garcilazo, para evitar que sea clausurado.
La noche del sábado, alrededor de las 22:30, personeros de la Alcaldía, Defensorías de la Niñez y la Adolescencia y la Policía intervinieron un inmueble por inmediaciones de la Terminal Interprovincial. Fueron denuncias de los vecinos que alertaron a las autoridades de la realización de una fiesta con participación de menores.
En el lugar, se encontraron con unos 700 adolescentes, según informó ese día Arata, varios de ellos con signos de haber consumido bebidas alcohólicas; uno fue trasladado inconsciente al hospital de Lajastambo.
Hechas las indagaciones, se constató que un hombre había alquilado el inmueble para una “fiesta de cumpleaños” a la que debían asistir 100 personas. Pero la celebración no contaba con autorización de la Alcaldía.
VULNERACIÓN DE LA NORMA
Arata informó que, desde el ámbito de Espectáculos Públicos, los propietarios vulneraron la normativa municipal al permitir una actividad de estas características que no contaba con el respectivo permiso y por eso se emitió dicha sanción económica.
Por su parte, la Coordinación Municipal de las Defensorías de la Niñez y la Adolescencia de Sucre demandó penalmente al organizador de la fiesta y a la pareja de propietarios por la comisión del delito de corrupción de menores. La denuncia fue presentada el miércoles y ahora resta esperar el pronunciamiento del Ministerio Público.
Entre tanto, abogados de profesión libre opinaron que esta demanda no podría prosperar debido a que un caso de corrupción de menores implica un sometimiento a los menores de edad en “actos libidinosos” y que el consumo de bebidas alcohólicas es considerado una infracción, de acuerdo al artículo 153 de la Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente.