Dos fallos obligan a la CBN a pagar multas millonarias

Son multas y pagos para el Estado, pero la cervecera dilata las cancelaciones con recursos legales

SUCRE. El Tribunal Supremo de Justicia. SUCRE. El Tribunal Supremo de Justicia. Foto: Archivo

Potosí/El Potosí
Seguridad / 08/05/2022 02:45

Las causas que provocan los procesos generalmente son las prácticas anticompetitivas. La Cervecería Boliviana Nacional (CBN) se ha convertido en la protagonista de procesos judiciales de los que no siempre sale airosa porque, por ejemplo, existe la referencia de que dos de ellos dieron por resultado la fijación de sanciones y multas que, en conjunto, sobrepasan los 14 millones de dólares.

El caso más reciente es el de la sentencia número 52 dictada por la Sala Contenciosa, Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que señala que la CBN debe pagar una sanción de 15.385.864,68 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), que equivalen a 5 millones de dólares, por haber ejercido prácticas anticompetitivas en contra de la Cervecería Nacional Potosí (CNP). 

Adicionalmente, se fija una multa de 3.846.466,17 (UFV) por haber distorsionado información. Esta última suma representa $us 1,3 millones así que el monto a pagar suma $us 6,3 millones.  

Pero no sería el único caso. Existe el antecedente de un proceso similar en el que también el fallo en primera instancia había sido en contra de la CBN. Se trataría del proceso iniciado a instancias de la Cervecería Amazónica, de Pando, que habría terminado con una sentencia cuyos montos en UFV pasan de los $us 8 millones. 

Sobre este caso, el director de asuntos corporativos de la CBN, Ibo Blazicevic, dijo que es “no parecido, (sino) diferente” al de la CNP, pero admitió que el fallo fue en contra de su empresa y con fijación de sanciones y multas. “Sí, pero no hemos pagado la multa”, sostuvo.

Por lo que se puede ver en la intrincada maraña de procesos judiciales en el cibersitio del TSJ, la CBN ha dilatado el pago de multas y sanciones mediante el método de los “recursos ultra ulteriores”, que es uno de los denominativos que los abogados dan a los procesos que son iniciados con el fin de dejar sin efecto y hasta modificar sentencias ejecutoriadas. 

Eso parece haber ocurrido, por ejemplo, con la sentencia número 101/2017 de la misma sala, que sí salió a favor de la CBN. 

En este caso, las multas fijadas por la Autoridad de Fiscalización de Empresas fueron de 8.507.082,50 UFV por prácticas anticompetitivas y 510.424,12 UFV por ocultamiento y entorpecimiento de las investigaciones. 

La CBN recurrió la resolución administrativa ante el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, como también perdió en esa instancia, le inició un proceso señalando que se había afectado su derecho a la defensa y el debido proceso.

Si le falla en una vía judicial, recurre a otra. En el caso del proceso iniciado por la Cervecería Nacional Potosí, la sentencia 52/2021 no admite recurso ulterior, pero la CBN afirma, en un comunicado, que “no es definitiva y que se presentarán los recursos constitucionales que otorga la ley, porque lesiona el derecho fundamental al debido proceso de la compañía”. 

Lo que está haciendo es anunciar un proceso constitucional para anular o por lo menos modificar la sentencia que le obliga a pagar 6,3 millones de dólares.

Las multas no son para las empresas demandantes, sino para el Estado. Son recursos que todavía no pueden cobrarse por los recursos dilatorios.

 

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