TCP congela la pérdida de curul de Cuéllar
Sin embargo, los magistrados rechazaron su recurso contra ocho artículos del Estatuto Orgánico del MAS
Una de cal y otra de arena. Eso lo que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aplicó en el caso del diputado Rolando Cuéllar (MAS), porque congeló su expulsión y la pérdida de su curul, pero le rechazó su demanda contra ocho artículos del Estatuto Orgánico del MAS.
“De conformidad al art. 82 del Código Procesal Constitucional, queda en suspenso el pronunciamiento de la resolución final dentro del proceso seguido en contra de Rolando Américo Enríquez Cuéllar con relación a la aplicación del art. 38 inc. c) de la Ley de Organizaciones Políticas y normas conexas, entre tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie”, señala la parte conclusiva del Auto Constitucional 141/2022-CA que emitió el ente constitucional el 3 de mayo y que fue conocido ayer, jueves.
Sin embargo, el segundo punto de esta resolución no favorece al diputado masista, pues este había demandado la inconstitucionalidad de ocho artículos de su Estatuto interno; por tanto, solo restaría conocer un fallo del TCP sobre la constitucionalidad del artículo 38 de la Ley de Organizaciones Políticas.
“Rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Rolando Américo Enríquez Cuéllar demandando la inconstitucionalidad de los arts. 6.15; 24.1 y 5; 64.2 y 5; 67.2; 70.3 y 88.4 del Estatuto Orgánico del MAS-IPSP”, señala este segundo punto.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el 29 de marzo de este año, Cuéllar acudió al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para que este a su vez presente ante el TCP la acción de inconstitucionalidad concreta sobre el estatuto masista y la Ley de Organizaciones Políticas; los vocales del ente electoral rechazaron su pedido el 12 de abril de este año; sin embargo, el procedimiento indica que la autoridad, en este caso el TSE, debe remitir todos los antecedentes del caso al TCP y así lo hizo.
Ya en la instancia constitucional, la Comisión de Admisión integrada por los magistrados René Espada y Brígida Vargas, resolvió que se admita la demanda en contra del artículo 38 de la Ley de Organizaciones Políticas, pero a su vez rechazó la demanda contra el Estatuto del MAS.