Juez absuelve a Walter Arízaga en caso de presunto ejercicio de cargos incompatibles
El exrector fue director de Fancesa y cobró dietas, pero la justicia considera que lo hizo de forma legal
El Juez Cuarto de Sentencia de la capital absolvió de culpa este lunes al exrector de la Universidad San Francisco Xavier, Walter Arízaga, acusado por el Ministerio Público y la propia Universidad por el supuesto ejercicio de cargos incompatibles y doble percepción de salarios y dietas en Fancesa, Concretec, Seguro Universitario y otras instituciones, en su condición de vicerrector entre 2014 y 2018.
El Ministerio Público lo acusó de haber acomodado su actuación al delito de incumplimiento de deberes, siendo presidente del Seguro Social Universitario, miembro del Consejo Directivo de la Universidad Andina Simón Bolívar, presidente del Club Universitario, director de la Fábrica Nacional de Cemento (Fancesa) y además, director de Concretec, cuando como vicerrector tenía una dedicación exclusiva.
“Se dictó la absolución del delito de incumplimiento de deberes referidos a doble percepción salarial en Fancesa, Concretec, Seguro Universitario; básicamente, por esos hechos se lo acusó”, sostuvo el juez Martín Echavarría.
En criterio del juez, había prueba suficiente de que Arízaga ejerció otros cargos fuera de ser vicerrector y cobró dietas, pero esas acciones están permitidas por la Ley Financial, el Estatuto de la Universidad y las resoluciones del Consejo Universitario, por lo que no hubiera subsumido su conducta a ningún tipo penal.
“Cobró dietas como director de esas instituciones al margen de su salario de Vicerrector, pero en interpretación de la ley financial, el estatuto de la Universidad, que permiten estos cobros, no ha contravenido normas ni incumplido deberes como acusó la Universidad y el Ministerio Público”, sostuvo.
Ariel Coronado, abogado del acusado, explicó que el juez no encontró los elementos suficientes para establecer la concurrencia, primero en el hecho denunciado que no era delito.
Explicó que el cobro de dietas como director de otras instituciones, además de su salario como vicerrector son en cumplimiento de un mandato del Consejo y que fue certificada por una pericia del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), en el sentido de que no hubo incumplimientos a normas y que esas dietas eran de una institución privada como Fancesa.
“La doble percepción de salario no es delito ni mucho menos incumplimiento de deberes, porque si habría doble percepción, que en este caso no había, el Estado hace devolver ese pago y en caso de no devolver le inicia un juicio coactivo al funcionario público, y no es un delito”, remarcó.
Coronado dijo que Arízaga enfrentó más seis procesos penales en los últimos años, casi todos ellos fueron rechazados, sobreseídos y absueltos, y queda un proceso en trámite por la compra de un lote de terreno para Fancesa en Warnes que, en criterio de la defensa, tampoco se acreditó la comisión de delitos de ninguno de los 10 procesados.