
La intolerancia y la falta de diálogo llevaron a que se registraran dos peleas en las últimas horas, en Sucre, entre vecinos o conocidos, lo que derivó en denuncias de lesiones graves y leves.
El director departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de Chuquisaca, coronel José Luis Arancibia, informó que el primer caso sucedió el pasado sábado a las 9:30, en el pasaje Luis Reynolds.
Todo comenzó cuando una joven preguntó al amigo de su hermana si había visto el teléfono celular de ella, puesto que la noche anterior salieron juntos a distraerse y bebieron. El hombre le contestó de mala manera que no sabía nada.
Empero, media hora más tarde, el amigo se presentó en la casa de quien reclamaba el teléfono celular y sin más explicación empezó a filmar con su teléfono celular a la hermana de su amiga. La joven intentó impedir aquello poniendo la mano sobre el teléfono celular y en eso recibió un fuerte golpe en su rostro.
Ella gritó y a continuación e inmediatamente salieron sus familias en su defensa, pero agresor escapó raudamente olvidándose que tenía estacionado su vehículo en el frente de la casa de su amiga.
SEGUNDO CASO
El segundo caso ocurrió ese mismo día, en la avenida Marcelo Quiroga Santa Cruz altura del mercado El Morro, a las 11:30. Allí, una vecina se acercó a un puesto de venta de helados, le reclamó a la comerciante por qué no limpia los excrementos de su perro y se retiró.
Sin embargo, unos minutos después regresó y arrojó los desechos del animal al puesto de comercio sin que la vendedora se diera cuenta, detalló Arancibia.
Apenas pasaron unos minutos, según el relato de la hija de la comerciante, su madre fue a reclamarle a su vecina por qué había actuado de esa manera, pero esta la agredió. La hija, en su intención de hacerla calmar a la otra mujer se acercó y esta la rasguño de la frente y el pómulo. Este fue el motivo para que se presentara la denuncia por lesiones graves y leves, dijo el jefe policial.
DELITO
Lesiones graves y leves: Se sancionará con privación de libertad de tres a seis años, a quien de cualquier modo ocasione a otra persona un daño físico o psicológico, (…) del cual derive incapacidad para el trabajo de quince hasta noventa días.
Si la incapacidad fuere hasta de catorce días, se impondrá al autor sanción de trabajos comunitarios de uno a tres años y cumplimiento de instrucciones que la jueza o el juez determine. (Artículo 271 del Código Penal)
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