Hacinamiento en San Roque: Piden usar manillas electrónicas ante incremento de detenciones preventivas
Hasta el 31 de diciembre de 2022, la cárcel de Sucre registraba un total de 404 detenidos preventivos y 407 con sentencia condenatoria
El Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de Chuquisaca reportó un incremento de las detenciones preventivas, por lo que sugirió la aplicación de las manillas electrónicas de rastreo para reducir la población carcelaria.
El decano del TDJ de Chuquisaca, Iván Sandoval, informó que al 31 de diciembre de 2022, la cárcel San Roque de Sucre registraba un total de 404 detenidos preventivos y 407 con sentencia condenatoria, cifras que revelan un preocupante hacinamiento.
La autoridad dijo que se analiza “la forma en la que sea posible reducir el hacinamiento”. Entre las acciones efectuadas, realizaron audiencias con el fin de llevar a cabo periodos de descongestionamiento penal y que las soluciones a los conflictos jurídicos lleguen a su fin lo más rápido posible, sin necesidad de llegar a juicio.
No obstante, Sandoval indicó que los esfuerzos no son suficientes y espera que se dé cumplimiento a una de las medidas cautelares personales incluida en la Ley 1173, que data del 3 de mayo de 2019.
¿Qué dicen las leyes?
La Ley 1173, en uno de sus puntos, contempla “establecer, entre una de las medidas (…) la vigilancia del imputado mediante algún dispositivo electrónico”. Es decir, la aplicación de un mecanismo de rastreo y posicionamiento de la ubicación física de una persona sin que este represente costos para el acusado.
Sandoval reclamó que esta modalidad aun no sea aplique, pese a que la ley ordena a las fuerzas policiales, en coordinación con el Ministerio de Gobierno, elaborar la reglamentación respecto al uso de dispositivos (manillas electrónicas) de vigilancia, rastreo o posicionamiento de la ubicación física de las personas. Todo esto en un plazo de 90 días calendario desde la puesta en vigencia de la ley 1173.
“La disposición prevista en el numeral 7 del Parágrafo I del Artículo 231 bis (Medidas Cautelares Personales) de la Ley Nº 1970, se aplicará a partir de la fecha de publicación de la Ley que disponga el uso y funcionamiento técnico del dispositivo electrónico de vigilancia, rastreo o posicionamiento de su ubicación física. Su aplicación progresiva será conforme a disponibilidad, a cargo del Ministerio de Gobierno”, se lee en la ley.
No obstante, la normativa sufrió de una modificación a través de la Ley 1226, en la que señala que la disposición, uso y control por medio de manillas electrónicas se aplicará a partir de que el Ministerio de Gobierno ponga en vigencia la aplicación de estos dispositivos.
Anteriormente, se afirmó que las manillas electrónicas se aplicarían de manera paulatina y que el Ministerio de Gobierno sería el ente encargado de establecer un presupuesto para la adquisición de estos aparatos. También se habría determinado que una carrera técnica de la ciudad de Cochabamba se encargaría de la elaboración de los mecanismos ya que ofertó el servicio a precios módicos para el Gobierno
Empero, se desconoce las razones por las cuales, hasta la fecha, no se pudo fijar un monto para la fabricación de estas manillas, puntualizó el Decano del TDJ
Recomendación del TCP
Sandoval indicó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) habría recomendado al Ministerio de Gobierno la implementación de un sistema informático de registro penitenciario en todo el país, así como la implementación de las manillas electrónicas para los aprehendidos que cumplen su condena fuera de un centro penitenciaron por cualquier beneficio otorgado
“El uso de las manillas electrónicas no solamente beneficiaría a los detenidos preventivos sino también a los que cumplen condena (…) haciendo posible la vigencia de estas manillas electrónicas prácticamente el hacinamiento carcelario dejaría de ser tal”, concluyó.