TCP nuevamente deja en suspenso tratamiento del proyecto de ley 144 de elecciones judiciales

El presidente del TSJ presentó recursos de queja por incumplimiento de la Declaración Constitucional 049/2023

El Tribunal Constitucional Plurinacional admitió un recurso de queja. El Tribunal Constitucional Plurinacional admitió un recurso de queja.

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Seguridad / 31/01/2024 16:15

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en su Comisión de Admisión, nuevamente puso en suspenso el tratamiento del proyecto de Ley 144 de Elecciones Judiciales o de la consideración de otra propuesta de ley, mientras no se cumpla con lo dispuesto en la Declaración Constitucional 049/2023. 

Este Auto Constitucional fue notificado este miércoles por la Comisión de Admisión del TCP, que acepta otorgar una medida cautelar hasta que el Pleno de magistrados resuelva un recurso de queja presentado por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Marco Ernesto Jaimes, en sentido de que la Asamblea Legislativa, en el tratamiento del proyecto de ley de elecciones judiciales, no estaría cumpliendo con los términos de la Declaración 049, es decir, sin adecuar o eliminar las disposiciones observadas por el TCP e incurre nuevamente en la inconstitucionalidad.

Por tanto, la Comisión de Admisión dispone: "Ha lugar a la solicitud de medida cautelar impetrada por Marco Ernesto Jaimes, presidente del TSJ, disponiendo que la Asamblea Legislativa Plurinacional, con carácter previo a reasumir el tratamiento del proyecto de ley 144/2022-2023 (...) Necesariamente debe acatar la Declaración Constitucional 049, quedando vigente esta disposición hasta que la Sala Plena del TCP, resuelva la queja por incumplimiento formulada por el nombrado, el 24 de enero de 2024", según señala el auto firmado por los magistrados Gonzalo Hurtado y Petronilo Flores de la Comisión de Admisión.

La queja apunta a que en el Legislativo continúas las posiciones y propuestas que muestran la falta de garantías para el servicio judicial incumpliendo los establecido por la DCP 049/2023.

Esta declaración, emitida el año pasado, observa como inconstitucionales varias disposiciones referidas a la preselección y la asignación de personal subalterno en lugar de los magistrados. Además, exhorta a la Asamblea que apruebe una norma en consenso y con dos tercios de votos. 

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