El hombre que quemó al supuesto amante de su esposa va a prisión
Un juez ordenó su detención preventiva por cuatro meses en la cárcel San Roque
El hombre que prendió fuego en Sucre al supuesto amante de su esposa fue enviado a la cárcel San Roque, con detención preventiva por cuatro meses, acusado de la presunta comisión del delito de asesinato en el grado de tentativa.
El fiscal departamental de Chuquisaca, Mauricio Nava Morales, informó a CORREO DEL SUR que la audiencia de medidas cautelares se llevó a cabo el pasado miércoles. El ataque se produjo la noche del sábado 25 de mayo, en la casa del agresor.
La audiencia se demoró varios días debido a que el imputado se encontraba delicado de salud, internado en el hospital Santa Bárbara, recuperándose de las quemaduras que también había sufrido luego de perpetrar su ataque.
El diagnóstico médico dice que tiene quemaduras tipo A en el 26% del cuerpo. En tanto que la víctima sufrió quemaduras de tipo AB en el 58% del cuerpo, por lo que tuvo que ser ingresado a terapia intensiva del mismo nosocomio, donde continúa con un cuadro crítico de salud. Le dieron 75 días de incapacidad.
LO SUCEDIDO
La noche del sábado, Miguel T.V., de 36 años, convocó a su casa a José A.P.R., de 26, para hablar sobre su esposa. Miguel creía que ella lo engañaba con José.
Ya en el lugar de la cita, lo invitó a pasar al sótano; la vivienda está ubicada en la zona de Azari. Allí, el esposo abordó al presunto amante y lo redujo a golpes; quería obligarlo a confesar que mantenía una relación sentimental con su esposa. Al no conseguirlo, salió del ambiente colocando un candado en la puerta. Pero, al poco tiempo, volvió.
Llevaba consigo un bidón de 10 litros de gasolina y le exigió que confesara la infidelidad de su esposa. De nuevo no lo logró y, a continuación, le roció sus pies con el combustible y le prendió fuego con un fósforo. José, en su desesperación, hizo que una chispa llegara al bidón y este explotara, con lo que también quemó a Miguel.
Envuelto en llamas, el hombre más joven salió de la casa y llegó hasta la calle, donde fue socorrido por vecinos. Ellos lograron apagar el fuego, que sin embargo ya había alcanzado a más de la mitad del cuerpo de la víctima.
TENTATIVA
Artículo 8 del Código de Procedimiento Penal. El que mediante actos idóneos o inequívocos comenzare la ejecución del delito y no lo consumare por causas ajenas a su voluntad, será sancionado con los dos tercios de la pena establecida para el delito consumado. (En casos de asesinatos, la pena máxima es de 30 años de cárcel).