Las dos alas del MAS judicializan pugna por el control del partido

Pese a la sentencia de una jueza, David Choquehuanca no reconoce la sesión del jueves 6 de junio

SUCESIÓN. El Vicepresidente asumió la Presidencia durante la visita oficial de Luis Arce a Rusia.

SUCESIÓN. El Vicepresidente asumió la Presidencia durante la visita oficial de Luis Arce a Rusia. Foto: Archivo

MEDIDA. Ayer, en Sipe Sipe, donde anunciaron que hoy masificarán su bloqueo. El Gobierno vinculó las protestas en el país con el sector ‘evista’ del MAS.

MEDIDA. Ayer, en Sipe Sipe, donde anunciaron que hoy masificarán su bloqueo. El Gobierno vinculó las protestas en el país con el sector ‘evista’ del MAS. Foto: APG


    Sucre/CORREO DEL SUR
    Seguridad / 25/06/2024 02:29

    Con una interminable sucesión de resoluciones judiciales se viene instrumentalizando el Órgano Judicial, dentro de la pugna de las dos corrientes internas del Movimiento Al Socialismo (MAS) por el control de ese partido político.

    El sábado, la jueza de Sentencia Penal Nº 6 de Cochabamba, Silvia Clara Zurita, decidió otorgar al vicepresidente David Choquehuanca, del ala ‘arcista’, un plazo de 72 horas para que convoque a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y valide los proyectos de ley aprobados en la séptima sesión del ente legislativo encabezada por Andrónico Rodríguez, del ala ‘evista’, el 6 de junio.

    Dos días después, la Presidencia de la ALP, a cargo de Choquehuanca, respondió mediante un comunicado de prensa que esa determinación es “incoherente y excede la razonabilidad jurisdiccional”, además de que carece de “fundamento competencial”.

    “No tiene la facultad de disponer el ejercicio de atribuciones de otro Órgano del Estado, en clara contravención a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional”, dice la nota oficial de la Presidencia de la ALP.

    REVÉS PARA EL ‘EVISMO’

    Este lunes también se conoció que la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante la Resolución Constitucional 040/2024, exhortó al expresidente Evo Morales y a otros sectores a no afectar el ejercicio de derechos fundamentales de otros miembros de la sociedad y no promover ni incitar la realización de bloqueos de caminos.

    La Procuraduría General del Estado informó que “la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro la Acción Popular promovida a instancias de Amilcar Barral contra Juan Evo Morales y otros, se resolvió a tiempo de conceder tutela parcial (sic)”.

    En su fallo, la Sala Cuarta del Tribunal paceño exhorta al líder del MAS y sectores afines a “no atribuirse la representación de derechos civiles o políticos de la sociedad”.

    NO ES NUEVA

    La judicialización de la disputa por el control del MAS no es nueva. A lo largo de los últimos meses, ha involucrado a distintos tribunales departamentales de justicia, al propio Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y a la Procuraduría, como se vio este lunes.

    En abril pasado, el TSE hizo más de una observación a la solicitud de un congreso del MAS organizado por el evismo en el Trópico de Cochabamba y con el ‘arcismo’, que buscaba llevar adelante otro en la ciudad de El Alto, algo similar el 1 de mayo.

    Antes, incluso, el 31 de octubre de 2023, la Sala Plena del TSE ordenó la anulación de un congreso del ala evista en Lauca Ñ, observando que Morales no había presentado su certificado de militancia ante el Presídium.

    El TCP, por su parte, declaró recientemente nula la sesión del 6 de junio de la ALP que presidió Rodríguez, dando la razón al diputado arcista Juan José Jáuregui en un recurso directo de nulidad en el que este último alegaba que el titular del Senado había asumido funciones que no le competen.

    BLOQUEOS

    La Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de La Paz también pide al Ministerio de Gobierno definir, vía Inteligencia u otro medio, mecanismos para identificar nuevos bloqueos en carreteras y señala que, en tal caso, “deben activarse los mecanismos legales para restablecer los derechos vulnerados en coordinación con todos los organismos encargados de la seguridad interna del Estado, así como del Ministerio Público”.

    Una sucesión que fue cuestionada

    El martes 2 de junio, el presidente Luis Arce viajó en una visita oficial a Rusia y esto provocó que el vicepresidente David Choquehuanca asuma las funciones de Presidente del Estado en ejercicio. Siguiendo la línea sucesoria, el titular de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, ocupó la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y, en esa condición, convocó a la séptima sesión ordinaria de la ALP.

    Legisladores del ala ‘arcista’ del MAS se opusieron a este acto y uno de ellos, el diputado Juan José Jáuregui, presentó un recurso directo de nulidad alegando que Rodríguez había asumido funciones que no le competen.

    Sin embargo, el Presidente del Senado llevó adelante la séptima sesión ordinaria en la que se aprobó, entre otras, la ley que cesa el mandato de los magistrados y consejeros del Órgano Judicial, al considerar que cumplieron su periodo constitucional el 31 de diciembre de 2023.

    El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró nula la sesión del 6 de junio de la ALP. “En consecuencia, resultan nulos de pleno derecho todos los actos legislativos, efectuadas por la autoridad recurrida, Andrónico Rodríguez Ledezma, Presidente de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con posterioridad a su notificación con el AC0254/2024 CA de 6 de junio”, señala la parte resolutiva de su decisión.

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