Prohíben a tiktoker publicar contenido discriminatorio
Rubén Blanco, de El Alto, había hablado mal de una danza en su cuenta en TikTok
En audiencia de medias cautelares, el juez cuarto de Instrucción en lo Penal de Potosí, Américo Calderón, determinó medidas sustitutivas a la detención del tiktoker Rubén Blanco y le restringió la publicación de videos.
Blanco está imputado por el delito de incitación al racismo, por declaraciones ofensivas contra la danza de los mineritos. En un video que difundió por esa misma red social, hace unas semanas, expresó que “Los Mineritos son una vergüenza para Bolivia, demuestran suciedad, Los Mineritos son mugrosos, mugrosísimos”.
De acuerdo a la determinación del Juez, las medidas sustitutivas se cumplirán con arraigo nacional, fianza juratoria y la obligación de presentarse tres veces a la semana ante la Fiscalía en El Alto, lugar de su residencia, informó Erbol.
La decisión de Calderón también contempla la restricción a Blanco de realizar videos con ese tipo de contenidos y menos publicarlos en redes sociales, informó la fiscal del caso, María Choque, citada por la red Erbol.
El tiktoker fue aprehendido el pasado miércoles cuando se encontraba al interior de su domicilio en la ciudad de El Alto, luego de no haberse presentado a declarar tras ser notificado, y fue conducido a la ciudad de Potosí, donde se desarrolla el proceso investigativo.
En su descargo, en audiencia, el imputado se disculpó por sus declaraciones vertidas en contra de la danza de Los Mineritos y aseguró que se encuentra arrepentido. El jueves pasado, en su cuenta de TikTok, manifestó lo siguiente: “Me retracto, gente, de todo lo que he dicho de la danza, me retracto. Si se han sentido ofendidos, me retracto de todo lo que he dicho de esa danza y, normal”.
Por este motivo, Blanco ahora enfrenta dos procesos penales en su contra: uno interpuesto por el Ministerio de Culturas y otro por la Gobernación de Potosí.
SANCIÓN
La Ley 45 Contra el racismo y toda forma de discriminación establece, en su artículo 281 quater, lo siguiente: “Difusión e Incitación al Racismo o a la Discriminación. La persona que por cualquier medio difunda ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, o que promuevan y/o justifiquen el racismo o toda forma de discriminación, por los motivos descritos en los artículos 281 bis y 281 ter, o incite a la violencia, o a la persecución, de personas o grupos de personas, fundados en motivos racistas o discriminatorios, será sancionado con la pena privativa de libertad de uno a cinco años”.