Rivera: TCP blindó la democracia, pero también la puso en riesgo
Congreso de Derecho Constitucional abordó, entre otros, el tema constitucionalismo y sus desafíos
El aporte del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), antes Tribunal Constitucional (TC), ha sido preponderante como guardián de la Constitución Política del Estado (CPE) y en la protección de los derechos humanos, fundamentales para la convivencia pacífica en sociedad, aunque últimamente está sumido en una crisis de institucionalidad por fallos que han puesto en riesgo la democracia, según el exmagistrado del TC José Antonio Rivera Santiváñez.
Estas reflexiones sobre el constitucionalismo en Bolivia y el papel del TCP fueron parte de las exposiciones del “V Congreso de Derecho Constitucional ‘200 años de constitucionalismo: Nuevos desafíos para el siglo XXI’”, organizado por la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales (ABEC) y la Universidad Católica “San Pablo”, sede La Plata, Sucre.
Rivera, en su exposición “El papel de los tribunales constitucionales en democracia”, hizo una cronología del funcionamiento del TCP desde su nacimiento, en 1994, comenzando con el saneamiento del ordenamiento jurídico adoptado durante las dictaduras militares y cuando el Órgano Legislativo infringía la CPE.
Dijo que también asumió un rol activo en la protección de los derechos fundamentales, emitiendo sentencias como aquella sobre la protección del derecho a la vida frente a una norma del Código de Seguridad Social que ponía un límite al suministro de hemodiálisis para enfermos renales. En 2014, ordenó el suministro de hemodiálisis a un paciente renal y, esto se quedó como jurisprudencia.
En el ámbito político, en momentos críticos para la democracia, el corrigió la pugna por una senaturia entre el Movimiento Al Socialismo (MAS) y el Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) en Potosí, y le otorgó al MAS un senador que había logrado el primer lugar en las elecciones generales en ese departamento, pese a que el partido oficialista no había postulado un parlamentario de la Cámara Alta.
En 2005, cuando se desató la crisis política por la convocatoria del entonces presidente Carlos Mesa a un referéndum para adoptar una política energética respecto al gas, hubo una dura oposición que cuestionaba esa consulta. El TC la viabilizó con una interpretación de la Constitución, recordó Rivera.
En ese entonces la diputada María Elisabeth Eklund, del MNR, impugnó con un recurso de inconstitucionalidad la convocatoria a referéndum por el gas, que el TC declaró constitucional, amparado en el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica que “proclama el derecho político de los ciudadanos a participar en la decisión de los asuntos públicos”.
Otra sentencia relevante del TC fue aquella que dio vía libre al adelantamiento de las elecciones generales de 2005, misma que la senadora disidente del NFR Ana María Flores impugnó con un recurso de inconstitucionalidad. “El Tribunal, haciendo una correcta interpretación, viabilizó para que esa crisis se resuelva en el escenario democrático, no como en el pasado a través del golpe de Estado”, complementó Rivera.
En ese entonces, ante amenazas de parlamentarios y sectores sociales a los magistrados, el Tribunal dejó establecido “que en el momento de emitir su fallo no considerará ninguna clase de presión y lo hará única y exclusivamente en apego estricto a la Constitución”, y así lo hizo.
FALLOS CUESTIONADOS
El exmagistrado Rivera considera que de 2012 al 2023 se emitieron algunas sentencias que fueron muy cuestionadas y han puesto en grave riesgo la democracia.
Entre ellas puso como ejemplo la Declaración Constitucional 003/2013, que permitió una segunda reelección del entonces presidente Evo Morales. Dijo que con esa sentencia el TCP viabilizó una Ley de Aplicación Normativa, formulada por el entonces vicepresidente del Estado y presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Álvaro García Linera. En la práctica, modificó la CPE para permitir una segunda reelección continua de Morales, pese a que estaba prohibida.
Según los antecedentes, para la admisión de este recurso se excusaron los magistrados Gualberto Cusi y Soraida Rosario Chanez, después enjuiciados y destituidos.
El 2017, desconociendo la voluntad democrática del pueblo expresada en las urnas, que en un referéndum le dijo ‘No’ a una tercera reelección de Morales, el TCP emitió la Sentencia Constitucional 0084/2017. Señaló que los magistrados emitieron otras sentencias que son objeto de dura crítica, como aquellas que inviabilizaron prácticamente las elecciones judiciales en todo el país y que determinaron comicios parciales en diciembre del año pasado.
RECOMENDACIONES
En criterio de Rivera, “se tiene que hacer una transformación de todo el sistema judicial, incluida la jurisdicción constitucional, para devolverle la verdadera independencia, para contar con jueces imparciales, independientes, idóneos y probos. Eso supone modificar severamente el sistema de selección y designación de las autoridades judiciales”.
Además, recomendó resolver los problemas de orden económico, constitucional, administrativo, legislativo y aquellos inherentes a la formación profesional, tanto de abogados como de jueces. El ahora expresidente de la ABEC considera que el camino para restablecer la institucionalidad plena es la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el TCP en los departamentos que aún faltan: cinco para el Constitucional y dos para el Supremo.
GENERALES
Los candidatos a presidente y vicepresidente en las elecciones generales del 17 de agosto tendrán que agendar en su programa de gobierno la transformación de la justicia a partir de noviembre, cuando asuman la conducción del Estado. “La tarea de transformar la justicia para restablecer el Estado de derecho, fortalecer la institucionalidad democrática que se ha debilitado, y brindar seguridad jurídica, porque sin seguridad jurídica no vamos a tener estas inversiones que nos están ofreciendo ni en 100 días, ni en 1.000 días o en un día”, sostuvo.
Así interpretan el tema de la reelección
La Sentencia Constitucional 0084/2017 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que desconoció la voluntad democrática expresada en las urnas en el referéndum del 21 de febrero de 2016 (21F), cuando la mayoría de los bolivianos dijo ‘No’ a una tercera reelección de Evo Morales, “condujo a una grave crisis en 2019 que casi nos lleva a perder la democracia, pero felizmente al final del camino se tuvo una salida democrática”, señaló el exmagistrado del TC José Antonio Rivera
El abogado español Rubén Martínez Dalmau, expositor en el V Congreso de Derecho Constitucional, dijo que el artículo 168 de la Constitución Política del Estado es claro sobre la reelección presidencial y no requiere de ninguna interpretación. En su criterio, permite la reelección por un segundo periodo de manera continua, y se puede postular las veces que uno quiera de manera discontinua. Para la constitucionalista Gabriela Sauma, encargada de la organización del V Congreso de Derecho Constitucional en Sucre, la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es el referente que se debe tomar en cuenta para entender si procede una reelección presidencial discontinua, y esta jurisprudencia indica que no es posible una reelección por más de dos mandatos consecutivos.
La nueva directora de la Academia Boliviana de Derecho Constitucional de Bolivia (ABEC), Eliana Roca, adelantó que un eje central de su gestión será sostener la posición de un ‘No’ a la reelección presidencial, tanto continua como discontinua, en un contexto, además, de un año de elecciones generales como este 2025. También dijo que trabajará por la equidad de género con derechos humanos.
Lo “grave” de tener tribunales que no cumplen sus funciones
El objetivo del nacimiento de los tribunales constitucionales en el mundo era proteger la Constitución Política del Estado frente al rebasamiento del Legislativo que, a través de leyes, infringía la Carta Magna. A eso se denomina técnicamente “Control Normativo”, pero durante el siglo XX, en la post Guerra Mundial, los nuevos tribunales han evolucionado en su labor asumiendo el rol de defender la Constitución no solo contra las leyes, sino también contra un ejercicio indebido de autoridades que rebasan el área de competencias y las limitaciones establecidas en la Constitución. Luego, avanzan a la protección de los derechos humanos y, en general, los derechos fundamentales como una base de la convivencia pacífica de la sociedad.
Rivera dijo que allá donde no se respetan derechos humanos no hay paz social, no hay tranquilidad, no hay seguridad global. “Entonces, los tribunales constitucionales, al finalizar el siglo XX, hacen el papel de defender la Constitución contra las leyes, los reglamentos, contra el ejercicio indebido del poder político, contra las violaciones de los derechos humanos y a través de eso defienden y protegen la democracia”.
Al resguardar el régimen democrático, protegen los principios constitucionales como la alternancia del poder político y el respeto de las mayorías hacia las minorías, el juego permanente de mayorías y minorías, y el ejercicio de las libertades públicas como la libertad de expresión.
“Es tan grave no tener un Tribunal Constitucional, pero también como el tener un Tribunal Constitucional que no cumple correctamente sus funciones, como ha acontecido en Nicaragua, Honduras, Venezuela y está aconteciendo en Bolivia”, sentenció el abogado constitucionalista.