Abogados: Algunos jueces de garantías ‘negocian’ fallos de otras jurisdicciones

Sala Constitucional Segunda del Beni es la más apetecida por tramitar recursos de otras jurisdicciones

LA PAZ. El juez de Coroico, Fernando Lea Plaza, cuando era conducido a la audiencia cautelar la anterior semana. LA PAZ. El juez de Coroico, Fernando Lea Plaza, cuando era conducido a la audiencia cautelar la anterior semana. Foto: APG

Sucre/CORREO DEL SUR
Seguridad / 29/06/2025 03:36

En Bolivia, en los últimos años, algunos jueces y vocales constitucionales hacen “dibujo libre” en la resolución de acciones de amparo, de libertad, de cumplimiento y fallan a favor del “mejor postor”. No toman en cuenta la jurisdicción y competencia territorial, es decir, un juez o vocal de Trinidad (Beni) resuelve recursos de litigantes de La Paz, Cochabamba o cualquier otro distrito del país cuando estos tienen que tramitarse en el lugar donde se ha vulnerado el derecho y donde viven los accionantes y accionados, según la opinión de abogados.

Esta práctica se hizo evidente en el último escándalo del denominado ‘Consorcio’, revelado a través de un audio donde supuestamente un grupo de autoridades judiciales de La Paz acudió a un juez de Coroico, para que a través de una resolución suspenda del cargo a una magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Este caso era la punta del iceberg para hacer caer a varios magistrados recién electos, según la denuncia del presidente del TSJ, Romer Saucedo. 

Este no es el primer caso en los que demandantes escogen al juez del lugar de su “conveniencia” para conseguir su objetivo. El diputado Carlos Alarcón, de CC, señaló que en las elecciones judiciales de 2024 los postulantes a magistrados plantearon acciones de amparo en tribunales del país, varios de ellos en Beni, y fueron precisamente esos fallos dictados fuera de jurisdicción y competencia los que frenaron las elecciones judiciales y en revisión el TCP dispuso la realización de comicios parciales.

“En el caso de las elecciones judiciales se han desnaturalizado acciones de inconstitucionalidad, acciones de amparo, acciones populares, con el objetivo de responder a intereses políticos y no a la aplicación de la justicia constitucional”, señaló Alarcón.    

En otro caso, el director del Observatorio de Derechos Humanos, Rubén Darío Cuéllar, reveló que el alcalde de Santa Cruz, Jhonny Fernández, que tiene que responder por un negociado millonario con el predio donde se encuentra el mercado Mutualista, presentó una acción de libertad en Pailón, cuando esta autoridad vive y trabaja en Santa Cruz de la Sierra.

Otros hechos similares fueron denunciados a principio de año por el presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba y exmagistrado, José Antonio Rivera, sobre graves ilegalidades e irregularidades de algunos jueces y tribunales de garantías constitucionales que están resolviendo acciones de libertad, de amparo constitucional sin tener competencia por razón de territorio. 

Explicó que la Constitución, el Código Procesal Constitucional y la Ley 1104 definen como competencia de territorio para el juez o tribunal del lugar donde se ha violado el derecho o el lugar del domicilio de la víctima. 

“Acontece que de un tiempo a esta parte, los problemas (litigios) que suceden en Cochabamba, las víctimas tienen domicilio en esta ciudad, pero (los amparos, acciones de libertad) lo llevan a Trinidad (Beni) para tramitar en las salas constitucionales. En La Paz, los exvocales que no fueron electos llevaron su caso a un juez del municipio de La Asunta a querer tramitar de manera fraudulenta”, señaló Rivera.

El abogado y expresidente de la Academia Boliviana de Estudios Constitucionales (ABEC) dijo que este tipo de actuaciones de jueces y tribunales de garantías no es aislado sino constante porque de un tiempo a esta parte “extrañamente” varias personas llevan sus casos a la Sala Constitucional Segunda de Trinidad y “curiosamente” esas resoluciones en revisión son sorteadas y radicadas en la Sala Cuarta del TCP.

“Eso da lugar a que los litigantes escojan sus jueces y tribunales, lo cual no está permitido por la Constitución y la Ley, y que se generen verdaderos consorcios de jueces y abogados donde ya no se exige ser un buen abogado sino de tener estabilidad de entrar al consorcio para tramitar ilegal e irregularmente la justicia”, precisó.

Como ejemplo indicó que la Sala Constitucional Segunda de Trinidad conoció y resolvió una acción de amparo de un hecho acontecido en Cochabamba, donde la víctima tiene su domicilio.

JUEZ NATURAL

La Ley 1104, ley de creación de las salas constitucionales, el Código de Procedimiento Penal (CPP) y Código Penal (CP) establecen requisitos para que los ciudadanos, víctimas o personas imputadas puedan recurrir ante la justicia constitucional y uno de los requisitos fundamentales es que se debe recurrir ante el juez natural, el juez donde se ha producido los hechos, donde se ventila el proceso, el domicilio de la víctima o el juez donde la víctima radica por motivos de seguridad, de salud.

SENTENCIAS

El abogado Rubén Darío Cuéllar señaló que el TCP desde el 2011 emitió cinco sentencias constitucionales ratificando estos principios de que no se puede aceptar que se presenten amparos, acciones de libertad en otras jurisdicciones porque eso sería dejar en las partes de escoger al juez que los va a juzgar, no solo es antiético, ilegal e inconstitucional, delincuencial.

Yáñez: De mala fe plantean recursos

El expresidente del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia (Conalab) Arturo Yáñez señaló que este caso del supuesto consorcio comenzó a comentarse hace más de un mes y medio de la boca de fuentes de alto rango. 

“Decían que se iba a desatar una ‘ch’ampa guerra’ para bajarse a algunos magistrados y que eso iba a instrumentalizarse a partir de vocales de salas constitucionales, o de jueces, porque más allá de los vacíos y facilidades que la ley te da, de mala fe esto se puede usar para presentar una acción en “choncolulu” (nombre ficticio) con el que pueden bajarte un magistrado”, señaló.

Agregó que a nadie le sorprende la existencia de este tipo de “consorcios delincuenciales” y el poder político que hace lo que le “da la gana” con la justicia, con quienes deberían poner límites al ejercicio del poder.

Yáñez hizo referencia al “Gabinete Jurídico” durante la presidencia de Evo Morales, del que se filtraron varias irregularidades, pero jamás fueron investigados y al contrario varios de los involucrados fueron “premiados” con embajadas y cargos en el exterior y continúan “impunes” sin investigación.

“Esto no es nada nuevo, es una muestra del fracaso del Estado, donde no hay separación de poderes o si hay es demasiado débil y se practica la prostitución institucional”, remarcó Yáñez.

Estas prácticas fueron denunciadas pero no sancionadas

En otro hecho, el director del Observatorio de Derechos Humanos, Rubén Darío Cuéllar, denunció que la Sala Constitucional Segunda del Beni emitía veredictos, dictámenes en acciones que se presentaban “a pedido y gusto del cliente” a favor de personas que no eran de ese distrito judicial.

“Llevaban sus causas a Trinidad con cualquier triquiñuela jurídica como presentaron un falso contrato de alquiler, de anticresis y lograron burlar la justicia que en los distritos judiciales donde se ventilaban las causas y se había protegido los derechos de las víctimas”, manifestó.

Comentó un caso concreto de la Cooperativa de Teléfonos de Cochabamba (Comteco), donde una supuesta representante que no es parte del directorio, interpuso un recurso de amparo constitucional en Trinidad, siendo que ella vive en Cochabamba y la cooperativa está en Cochabamba. En el amparo pedía que no solamente se la reconozca a ella sola como única autoridad de Comteco sino que los vocales autoricen el descongelamiento de fondos de la institución, en contra de lo que había dispuesto la justicia en Cochabamba, que ordenó congelar esos recursos en cuanto y en tanto no se diluciden los problemas que se encontraban bajo su jurisdicción.

Cuellar indicó que la accionante logró sacar esos fondos, no rindió cuentas de la totalidad del monto y los vocales de la Sala Segunda del Beni, pese a las advertencias de los funcionarios, consejeros y abogados de Comteco, emitieron un fallo a favor de la accionante.

Pero una sentencia del pasado 2 de mayo, del magistrado del TCP, Boris Arias, frenó estas irregularidades confirmando que estos vocales de la Sala Constitucional Segunda del Beni no tenían ninguna autoridad para tramitar esa causa y ordenaron sanciones disciplinarias contra estas autoridades.

“Consta muchísimas denuncias similares contra la Sala Constitucional Segunda del Beni y el Consejo de la Magistratura no está cumpliendo a cabalidad sus funciones. Nosotros esperamos que con este reclamo se empiece a corregir estas serias irregularidades en la justicia y se termine con esta práctica de vender la justicia al mejor postor”, remarcó.

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