La justicia que en Bolivia encarcela a un inocente y libera a un asesino

Advierten que hay víctimas que tratan de perjudicar a los imputados y esto se nota con la Ley 348

OPUESTOS. A la izq., Richard Mamani Martínez, 9 años injustamente encarcelado. A la der., Richard Choque Flores, liberado y delincuente reincidente. OPUESTOS. A la izq., Richard Mamani Martínez, 9 años injustamente encarcelado. A la der., Richard Choque Flores, liberado y delincuente reincidente. Foto: Archivo

Sucre/CORREO DEL SUR
Seguridad / 06/07/2025 01:42

El encarcelamiento injusto, durante nueve años, en el penal de Morros Blancos, de Richard Mamani Martínez, acusado con declaraciones falsas por el delito de violación en 2016, y la liberación del asesino serial Richard Choque Flores, que en 2013 fue condenado a 30 años de prisión pero después apareció libre en las calles cometiendo otros delitos, muestran las dos caras de un sistema de justicia que no brinda garantías jurídicas de un debido proceso y de la corrupción que ronda en algunos juzgados castigando a inocentes y liberando culpables.

EL ASESINO LIBRE

En febrero de 2022, se descubrió un escalofriante caso que conmocionó e indignó al país, además de que develó una red criminal que implica a operadores de justicia con la aprehensión de Richard Choque Flores, alguien que en 2013 fue condenada a 30 años de prisión sin derecho a indulto por el asesinato de la universitaria Blanca Rubí Limachi Sirpa, pero el juez Rafael Alcón Aliaga le otorgó detención domiciliaria el 24 de diciembre de 2019 por un tiempo de 18 meses que después se alargó hasta 2022, cuando nuevamente fue aprehendido pues había cometido otro delito.

En marzo de 2023, la justicia en La Paz dictó una quinta sentencia contra el asesino y violador serial por los delitos de trata de personas, proxenetismo y pornografía cometidos contra las adolescentes Iris y Lucy, de 15 y 17 años, a quienes luego asesinó y enterró en su domicilio de la ciudad de El Alto. Recibió una condena de 15 años de privación de su libertad.

Contra Choque anteriormente ya se habían dictado cuatro sentencias de 30 años sin derecho a indulto y de 15 por trata de personas. Todo esto se conoció después de que el asesino fuera aprehendido.

EL INOCENTE ENCARCELADO

La historia de Richard Mamani Martínez, sentenciado a 20 años de prisión por el delito de violación por dos jueces técnicos en Camargo, provocó gran indignación en el país. Su condena se basó en la declaración de la víctima (una menor de edad), de su hermana y de su cuñado, además de un informe psicológico y social. Según un reporte médico, el hecho habría ocurrido años atrás y en el examen de los profesionales no se pudo obtener ningún otro elemento probatorio, como fluidos, para hacer una pericia.

Mamani salió libre la semana pasada luego de un fallo de revisión extraordinaria de sentencia en el TSJ. Su injusta detención fue revelada en 2023, pero recién este año salió libre.

“Es preferible, muchas veces, absolver a un culpable que condenar a un inocente”, afirmó a CORREO DEL SUR la decana del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Rosmery Ruiz, en una entrevista en la que se refirió a este caso. “Es necesario valorar todos los elementos probatorios fehacientes y exigir al Ministerio Público que sean trabajos científicos los que se realicen (…). Es un golpe nefasto para nosotros haber tenido una persona (presa) nueve años y ahora probar su inocencia”, agregó.

Arturo Yáñez: Los horrores de la justicia 

El abogado penalista y constitucionalista Arturo Yáñez opina que el caso del asesino serial en La Paz es un hecho de corrupción en la justicia y que, en cambio, la sentencia condenatoria contra un inocente en Camargo constituye un “gravísimo error” de los jueces o del tribunal, “lo que demuestra lo peligroso y terrible que es la condenatoria en base a testimonios de la víctima y de sus familiares”.

“Mucho se acostumbra: ‘como la víctima ha dicho, asunto arreglado’. Pero como juez, para condenar, tienes que además de la declaración de la víctima, que es importantísimo, corroborar con otras pruebas”, agrega.

El abogado dice que, en este tipo de delitos, el estado de inocencia del imputado debe ser destruido más allá de la duda razonable, porque es extremadamente riesgoso supeditar una condena solamente a una declaración.

“Este caso (de cárcel de un inocente) es la prueba de los tremendos horrores –que no solo son errores– que se cometen, haciendo depender la sentencia condenatoria solamente de un elemento probatorio, que puede ser importante pero puede también torcerse”, enfatiza.

LA LEY 348

Yáñez comenta que, en algunos casos, la víctima quiere perjudicar al imputado por venganza u otras cuestiones, y que esto es frecuente. Estos casos se hacen evidentes con la Ley 348, más allá de los feminicidios y violaciones donde la víctima es la única testigo del hecho. “Pero puede que por la presión del verdadero autor, ella endilgue a una persona inocente y los jueces lo encarcelan sin corroborar si era evidente o no”, precisa.

Se refiere a las debilidades en el proceso de investigación con las cadenas de custodia débiles, así como organismos de investigación deficientes y, en algunos casos, con corrupción, como en la Policía.

Fernando Aragón: Ley sesgada que no apela a la ciencia

El abogado penalista Fernando Aragón considera que la ley es demasiado sesgada en casos de víctimas menores de edad, porque cualquier denuncia de un niño, niña o adolescente se considera como cierta, y hay líneas jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en sentido de que, aunque no haya lesiones, se debe creer a la víctima.

“Todo esto ha generado que la justicia se vuelva ‘anticientífica’ porque, pese a que se realizan estudios forenses, genética forense, psicología forense, que establecen que no hubo una agresión sexual, muchos de los operadores de justicia, al aplicar una justicia con perspectiva de género, proceden a imputar, acusar y sentenciar a personas inocentes, siendo que la ciencia puede denotar algo totalmente contrario a lo que establece la norma o el lineamiento”, dice Aragón.

VÍCTIMAS INSTRUMENTALIZADAS

El abogado sostiene que, en algunos casos, hay víctimas que son “instrumentalizadas” por sus propios padres o parientes con el fin de obtener beneficios; a veces, incluso, no hay víctima sino intereses económicos. Se refiere por ejemplo a un caso de presunta agresión sexual en Sucre, de un familiar a su sobrina. En medio de la intención de llegar a una conciliación, la familia de la víctima pidió que el imputado ceda terrenos a favor de los parientes; es decir, surgen intereses de otra índole.

Aclara que una revisión extraordinaria en el TSJ se da por un hecho que ha pasado todos los filtros. “Hay gente que está aprovechando para obtener beneficios y existe la necesidad de hacer modificación de la ley”, sentencia Aragón.

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