TSJ anula proceso contra Leopoldo Fernández por masacre de Porvenir y ordena juicio de responsabilidades
El exprefecto de Pando deberá ser procesado bajo las garantías constitucionales tras fallo que reconoce vulneración al principio del juez natural
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) determinó la nulidad del proceso ordinario abierto por los hechos violentos ocurridos en Porvenir, Pando, el 11 de septiembre de 2008, y dispuso que el caso sea tramitado como juicio de responsabilidades. Entre los acusados se encontraba el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, quien alegó que se habían vulnerado sus derechos constitucionales.
“Se dispuso la nulidad de todo el proceso, ordenando se remitan antecedentes ante el Ministerio Público para que se inicie el trámite de juicio de responsabilidades”, informó el magistrado Carlos Ortega, miembro de la Sala Penal del TSJ. La decisión se basa en un recurso presentado por la defensa de Fernández, en el que se reclamaba la falta de un juez natural, figura constitucional que garantiza un tribunal imparcial y competente.
Ortega explicó que, tras revisar el memorial de Fernández, la Sala Penal Tercera analizó el contexto del debido proceso, la jurisprudencia interamericana y la Sentencia Constitucional 405/2023. “Aplicamos el principio de igualdad y concluimos que se vulneró la garantía del juez natural”, detalló.
Los hechos investigados se remontan al enfrentamiento entre campesinos y seguidores del entonces prefecto, con un saldo de al menos 15 personas fallecidas. Fernández declaró durante el juicio que había solicitado a las fuerzas del orden intervenir para evitar enfrentamientos, e incluso se cavó una zanja como medida preventiva. Sin embargo, la tragedia no pudo evitarse.
Mientras el exprefecto sostenía su intención de evitar la violencia, el Gobierno de entonces acusaba una presunta planificación de los hechos. En su momento, la organización Human Rights Watch solicitó una investigación independiente y exhaustiva para esclarecer las responsabilidades.