La Amabol exige respeto al principio de inocencia
La Asociación de Magistrados de Bolivia (Amabol) pidió respetar el principio de presunción de inocencia en los procesos que ha reactivado el Consejo de la Magistratura en contra de jueces y exjueces por faltas o delitos en el distrito judicial de Cochabamba
La Asociación de Magistrados de Bolivia (Amabol) pidió respetar el principio de presunción de inocencia en los procesos que ha reactivado el Consejo de la Magistratura en contra de jueces y exjueces por faltas o delitos en el distrito judicial de Cochabamba, tal como anunció el presidente del Consejo, Manuel Baptista. Su presidenta, Grenny Bolling, expresó su preocupación por la exposición pública previa a la existencia de una sentencia ejecutoriada.
La semana pasada, Baptista reveló que se identificaron graves irregularidades en la administración de justicia del departamento de Cochabamba, donde actualmente se tramitan varios procesos penales y disciplinarios contra jueces y exjueces por delitos de corrupción, prevaricato, falsificación y uso indebido de bienes del Estado. Citó a los juzgados cuyos jueces o exjueces están procesados, uno de ellos con mandamiento de aprehensión internacional.
Bolling indicó que reconocen la facultad del Consejo de realizar procesos disciplinarios, control y fiscalización, pero advierten que no claudicarán en el respeto al derecho de presunción de inocencia. “Que se hagan las investigaciones y, resultado de los procesos disciplinarios o penales, se tenga que sancionar a los jueces; es correcto. Lo que no es correcto es dar nombres, exponerlos públicamente sin que exista una sentencia ejecutoriada, porque se estaría vulnerando principios de la Constitución como la presunción de la inocencia”, puntualizó.
Denunció que en anteriores ocasiones se expuso a jueces dándoles “muerte civil” sin que se haya probado su culpabilidad, con lo que se puso en duda su credibilidad.
Explicó que no se niegan los procesos disciplinarios ni penales contra los profesionales que estén involucrados en la comisión de delitos y faltas; pero, en tanto no sean probados con una sentencia ejecutoriada, no se los puede exponer.