Justicia actúa contra exasambleístas por incumplimiento de sentencia en elección de Contralor
Los antecedentes del caso fueron remitidos al Ministerio Público, que ahora deberá iniciar el proceso penal correspondiente contra los 16 exasambleístas de la Comisión Mixta.
La controversia sobre la elección del Contralor en Bolivia está vigente y es uno de los temas que deberán abordar los nuevos legisladores. Tras un fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que ratificó el amparo presentado por el abogado Jaime Gutiérrez, la Sala Constitucional emitió una conminatoria para que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) cumpla con lo dispuesto en la sentencia, restituyendo al abogado Gutiérrez a la convocatoria de la elección, luego de que fuera previamente inhabilitado de participar en el proceso.
El amparo fue interpuesto en su momento por Gutiérrez, quien consideró que su exclusión de la convocatoria para Contralor fue irregular. El TCP falló a su favor y ordenó su restitución al proceso. Sin embargo, la Comisión Mixta de la ALP no cumplió con la sentencia, lo que motivó a Gutiérrez a presentar un memorial a una Sala Constitucional de Santa Cruz.
El 17 de octubre, dicha Sala emitió una conminatoria para remitir antecedentes al Ministerio Público de los responsables, entre ellos el vicepresidente David Choquehuanca, los presidentes de la Cámara de Diputados y Senadores, Omar Yujra y Andrónico Rodríguez, así como los miembros de la Comisión Mixta de la ALP, por incumplir una resolución constitucional.
Este incumplimiento se tradujo en la paralización del proceso de elección del Contralor, que fue finalmente pospuesto para la actual legislatura. Según el abogado Gutiérrez, antes de finalizar la pasada gestión legislativa, la Comisión Mixta emitió una nueva resolución inhabilitándolo nuevamente del proceso, lo que llevó a la presentación de una queja ante la Sala Constitucional.
Esta resolvió que la resolución de inhabilitación emitida por la Comisión Mixta era nula, y señaló que los miembros de dicha comisión incurrían en el delito de incumplimiento de una sentencia de amparo constitucional, previsto en el artículo 179 del Código Penal. Este artículo establece que quienes incumplan resoluciones de amparo pueden ser sancionados con penas de reclusión de entre dos y seis años, así como una multa.
A raíz de esta decisión, los antecedentes del caso fueron remitidos al Ministerio Público, que ahora deberá iniciar el proceso penal correspondiente contra los 16 exasambleístas de la Comisión Mixta. Cabe destacar que el exvicepresidente Choquehuanca, y los expresidentes de ambas cámaras legislativas, no fueron incluidos en esta remisión, ya que su situación está siendo revisada por la Sala Constitucional.
El caso sigue siendo motivo de controversia en el ámbito político y judicial, ya que, mientras se espera el desarrollo de las investigaciones, la titularidad en la Contraloría continúa.