Copa promulga ley de consumo de tabaco

La norma prohíbe la distribución y venta de cigarrillos por unidad o al raleo

La presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, en la promulgación de la Ley de Consumo de Tabaco. La presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, en la promulgación de la Ley de Consumo de Tabaco. Foto: Senado de Bolivia

Oxígeno
Sociedad / 13/02/2020 19:44

La presidenta de la Cámara de Senadores, Eva Copa, promulgó la Ley de Prevención y Control al Consumo de los Productos de Tabaco.

En un breve discurso, Copa resaltó que la norma fue elaborada en consenso con expertos y que su valor radicará en la prevención de enfermedades ligadas al consumo del tabaco.

Entre otros aspectos, la norma prohíbe fumar o mantener un producto de tabaco encendido en lugares públicos cerrados, lugares de trabajo interiores tales como: establecimientos de salud, dependencias de instituciones públicas, empresas privadas destinadas a cualquier tipo de actividad industrial, comercial y de servicios, incluidas sus áreas de atención al público y salas de espera, centros comerciales, terminales aéreas, terrestres, acuáticas y estaciones de transporte masivo, medios de transporte público, bibliotecas, salas de lectura, museos y salas de internet, entre otros.

Sobre el empaquetado y etiquetado de productos de tabaco, la norma señala que se deberán incluir imágenes, fotografías, ilustraciones gráficas y frases de advertencias que alerten a la población acerca de los riesgos de consumir productos con tabaco y que deberán cubrir un espacio de al menos el 60% de las caras principales, en las que se ubicarán en la parte superior.

Asimismo, la norma prohíbe la distribución y venta de cigarrillos por unidad o al raleo; la comercialización y venta de productos de tabaco a menores de 18 años de edad; la distribución y venta directa o indirecta a menos de 100 metros de distancia de establecimientos de salud y del sistema educativo, sean públicos o privados; y también impide exhibir productos de tabaco en sitios que permitan al usuario o consumidor tomarlos directamente o que estén al alcance de los niños.

Finalmente, la Ley prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio, por cualquier medio de difusión y en puntos de venta callejera, de productos de tabaco en forma directa o indirecta.

Según una nota de prensa de la Cámara de Senadores, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó esta ley en octubre de 2019, para luego enviarla al Ejecutivo. En enero de 2020 este órgano la devolvió a la Asamblea, "quedando pendiente su promulgación y, en estricto cumplimiento de la Constitución, Copa procedió a promulgarla".

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