Entidades públicas y privadas deben suspender sus labores y cumplir pago de salarios
El comunicado del Ministerio de Trabajo también establece que las instituciones que realicen las actividades permitidas deben proveer el transporte del personal desde su domicilio al lugar de trabajo y viceversa.
Sucre/CORREO DEL SUR
El Ministerio de Trabajo emitió hace instantes un comunicado en el que confirma la suspensión de actividades laborales de entidades públicas y privadas y que el personal de estas instituciones percibirá el pago de salarios.
La suspensión de labores no alcanza al personal de servicios de salud, Policía Boliviana, Fuerzas Armadas y servicios públicos; industrias públicas y privadas; entidades financieras bancarias, financieras no bancarias, públicas, privadas o mixtas; y entidades que brindan atención y cuidado a población vulnerable, según el Decreto Supremo 4199.
También están exentos de la prohibición los medios de transporte para atender emergencias, previa autorización de la autoridad competente y para el traslado de personal de los servicios de salud del sector público y privado, Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Medios de comunicación y otros que por la naturaleza de servicio estratégico incluido aquellas dedicadas al abastecimiento de artículos de primera necesidad, farmacéuticos y que brindan atención y cuidado a la población vulnerable que deban desarrollar actividades.
El comunicado del Ministerio de Trabajo también establece que las instituciones que realicen las actividades permitidas deben proveer el transporte del personal desde su domicilio al lugar de trabajo y viceversa.
Revise aquí el comunicado del Ministerio de Trabajo: