¿Qué pasos debo seguir si quiero volver a mi lugar de residencia desde Sucre?

Correo del Sur Digital presenta una guía en base a lo dispuesto en el DS 4222.

La población varada por el covid-19 tiene muchas dudas. La población varada por el covid-19 tiene muchas dudas. Foto: CORREO DEL SUR

Sucre/CORREO DEL SUR DIGITAL
Sociedad / 20/04/2020 15:13

El Órgano Ejecutivo emitió este lunes el Decreto Supremo 4222, que regula los traslados justificados de ciudadanos dentro del territorio nacional, en medio de la pandemia por el coronavirus.

La norma establece que el proceso será planificado, ordenado, gradual, seguro y controlado, y fue pensado para las personas que se encuentran varadas en municipios, ciudades o departamentos  distintos a su residencia habitual.

Correo del Sur Digital le presenta un guía sencilla sobre el procedimiento que los interesados deben seguir para retornar a sus lugares de residencia, respondiendo a las dudas de sus seguidores y absolviendo preguntas sobre aspectos que no están suficientemente claros en el DS 4222.

¿QUIÉNES SE BENEFICIAN CON ESTE DECRETO?  

Las bolivianas y los bolivianos que se encuentran varados en municipios distintos al de su residencia habitual dentro del territorio nacional.

¿CUÁL ES EL PRIMER PASO A SEGUIR?

Presentar una solicitud de retorno a su residencia habitual.

¿CUÁNDO DEBE/N PRESENTARSE LA/S SOLICITUD/ES?

El decreto asigna cinco días para recibir las solicitudes, desde este martes 21 de abril y hasta el lunes 27, sin contar sábado y domingo.

¿DÓNDE DEBE PRESENTARSE LA SOLICITUD?

Ante la Alcaldía en la que el solicitante está varado.

¿CÓMO Y QUÉ DEBE CONTENER LA SOLICITUD?

La identificación de lugar de residencia habitual y justificar “debidamente” el por qué de la solicitud.

¿QUIÉN PAGA EL COSTO DE TRASLADO DE UNA PERSONA A SU MUNICIPIO DE RESIDENCIA?

El solicitante, es decir el que quiere volver a su lugar su lugar de residencia.

PLAZOS

El DS 4222 otorga 72 horas (tres días) de plazo al municipio (Alcaldía) receptor de la solicitud, previa evaluación y verificación de la urgencia y pertinencia de la solicitud, para emitir la autorización respectiva, “adjuntando la evaluación médica sintomatológica del COVID-19 y remitirá al Ministerio de Gobierno la lista oficial de las mismas (solicitudes)”.

La norma agrega que una vez recibida la solicitud de traslado, el Ministerio de Gobierno coordinará con su par de Salud para la aplicación del protocolo covid-19 para viajes al interior del país y en caso de que la persona presente síntomas de coronavirus se aplicará los protocolos de aislamiento. No se señala un plazo para este procedimiento.

Los ministerios de Defensa y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, gestionarán los medios de transporte que sean necesarios para el traslado de los solicitantes cuyo pedido hubiera sido aceptado; “el costo del traslado será asumido por el solicitante”.

Los Servicios Departamentales de Salud (Sedes) deben realizar el seguimiento y vigilancia epidemiológica a todas las personas trasladadas dentro de su jurisdicción, debiendo reportar el resultado de las acciones realizadas a los ministerios de Salud y de Gobierno.

UN EJEMPLO PARA MÁS ACLARACIÓN

Marco Choque, un pequeño empresario natural de Zudáñez, es dueño de una granja de pollos en esa localidad y quedó varado en Sucre hace un mes, cuando llegó a esta ciudad para hacer una entrega a un famoso restaurante.

¿Puede volver a su pueblo? Sí, debe presentar una solicitud a la Alcaldía de Sucre hasta el próximo lunes 27, identificándose y acreditando con algún documento que vive y trabaja en Zudáñez.

La municipalidad tienes tres días para responder a su pedido y someterlo a pruebas para descartar que sea portador de coronavirus; si todo sale bien, solo le quedaría el visto bueno del Gobierno, que debe fijar día y hora del viaje de retorno, que será cubierto por el mismo señor Choque.

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